La entidad financiera ha sido condenada en la AP de Alicante por la venta de swaps a clientes minoristas. El banco denunció a sus clientes por impago, y los afectados promovieron la reconvención de la demanda. Ahora el banco está condenado.

Más sentencias a favor de los afectados y en contra de los bancos. Concretamente de Banesto. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la nulidad de un contrato de permuta financiera que la mencionada entidad bancaria le vendió a una pequeña empresa. Esta sentencia confirma lo dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Elda (provincia de Alicante.

A pesar de que el swap fue vendido a una pequeña empresa, otra pyme y dos particulares servían de fianza para el cliente de Banesto, por lo que la entidad financiera los demandó también al formular la denuncia por impago.

El contrato en cuestión – recoge la sentencia- contenía cláusulas abusivas y era de tal complejidad “que lo hacía prácticamente indescifrable”. Además fue redactado y ofrecido por la entidad financiera. Los afectados aseguraron que existió error en el consentimiento prestado, pues desconocían por completo el verdadero funcionamiento del producto.

Banesto no cumplió con su deber legal de informar y asesorar a sus clientes, vulnerando la Ley del Mercado de Valores. Recuerda el magistrado del caso que “el derecho a la información en el sistema bancario y la tutela de transparencia bancaria es básica para el funcionamiento del mercado de servicios bancarios”. Además, el RD EDL 1993/16198 dispone que “la información a la clientela debe ser clara, correcta, precisa, suficiente y entregada a tiempo para evitar su incorrecta interpretación y haciendo hincapié en los riesgos que cada operación conlleva (…)”.

El magistrado hizo hincapié asimismo en que Banesto no puso a disposición del cliente las previsiones del mercado que servían como una prognosis más o menos fiable del futuro, y que de hecho configuraban de alguna manera el propio riesgo de la operación.

Las sentencias también recogen el incumplimiento de la normativa comunitaria MIFID, sobre la clasificación de clientes profesionales y minoristas. Recuerdan los magistrados que las entidades financieras deben considerar la experiencia inversora y el perfil de los clientes para ofrecer el producto financiero que más se ajuste a cada cliente.

Banesto tendrá que devolver a sus clientes las cantidades debidas resultantes del contrato, y además abonar las costas del proceso.

El mismo banco aumenta el ranking de sentencias en su contra con la siguiente:

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la sentencia de primera instancia emitida por un juzgado de Caldas de Reis, condenado a Banesto por colocarle otro de sus swaps a un particular.


Dirección Letrada: Juan Antonio Sánchez Cantos
Banco: Banesto
Producto: Swap
Perfil: 2 pymes, 2 particulares
PDF: S_110711_BANESTO_JPIEI3_ELDA_2PYMES_2PART_RECONVENCION_SIN.pdf


Dirección Letrada: Juan Antonio Sánchez Cantos
Banco: Banesto
Producto: Swap
Perfil: 2 pymes, 2 particulares
PDF: S_120509_BANESTO_AP5_ALICANTE_110711_BANESTO_JPIEI3_ELDA_2PYMES_2PART_RECONVENCION_SIN.pdf


OTRAS SENTENCIAS MENCIONADAS:

– S_120301_BANESTO_AP1_PONTEVEDRA_CONFIRMA_111005_JPIeI2_CALDAS_DE_REIS_PART_SL.PDF

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