A menos que figure en la documentación previa entregada al cliente o se recoja en el contrato
Cuando una cuenta bancaria está destinada única y exclusivamente a satisfacer el pago de una hipoteca, el banco no puede cobrar comisión de mantenimiento, a menos que se mencione en los documentos de información previa o se recoja en el contrato, según han recordado nuestros expertos económicos y jurídicos, Antonio Gallardo y Marisa Protomártir, en el webinar sobre productos vinculados, que hemos organizado hoy.
Sin embargo, a menudo se olvida esta orden sobre transparencia del Banco de España y la comisión de mantenimiento de las cuentas forma parte del resto de bonificaciones, sujetas a los criterios que establecen, según el perfil de cliente.
Y si bien la cuenta vinculada a la hipoteca se convierte con frecuencia en la que usamos “para todo”, recibos, nómina, transferencias, etc., hay circunstancias que conviene tener en cuenta para exigir la gratuidad de la misma. Por ejemplo: acceder a cuentas remuneradas que nos salgan a cuenta para mantener como principal herramienta de cobros y pagos, o cuando tenemos que hacer frente al pago de más de una hipoteca. En concreto, y ante la ausencia de depósitos atractivos en el mercado, cobra relevancia el interés por las cuentas remuneradas, que están ofreciendo rentabilidades que alcanzan el 2,5%, en algunos casos.
En el webinar, también se recordó la importancia de atender a la TAE cuando estamos contratando un producto financiero, en especial, la hipoteca. Este indicador sintentiza en una cifra la duración, los intereses, los gastos y las comisiones bancarias, además del coste de aquellos otros productos cuya contratación es obligatoria para obtener al crédito.
Con los tipos de interés al alza, la venta combinada de la hipoteca puede ser más atractiva pero hay que tener muy en cuenta el precio que se paga por los productos anejos, que marcan la rebaja de precio.
Uno de los productos más habituales en las ventas combinadas de hipoteca son los seguros, algunos de los cuales pueden ser objeto de reclamación, como el de prima única asegurada. Nuestra responsable jurídica recordó que la jurisprudencia, en estos momentos, dicta que las cantidades que se devuelven al afectado son sólo las del importe no consumido, pese a que se intenta que el reintegro de este seguro sea total, porque “lo que es nulo, lo es desde el origen”, señaló Protomártir. “Será una batalla larga, pero justa”, añadió.
Un comentario
La comisionadministracion cuenta y otros no se pueden cobrar si solo entra 75 euros