SWAP: "La fórmula del vencimiento anticipado no lo entiende ni un notario"

Banco Popular ocultó a su cliente las previsiones que tenían y que indicaban una bajada de los tipos de interés. Además, negó la posibilidad de que pusiese ligar el contrato a la hipoteca. El Grupo Banco Popular sigue siendo uno de los más condenados por malas prácticas bancarias.

Banco Popular ha sido condenado a devolver las cuotas liquidadas a un particular que contrató una permuta financiera. Además, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Lugo ha anulado el contrato entre ambas partes.

Para la jueza, no consta que Banco Popular informase a su cliente de la posible bajada de los tipos de interés, como así consta en las previsiones que tenía el banco. Tampoco la entidad financiera dio la posibilidad al afectado de poder ligar el contrato a la duración del préstamo hipotecario que tenía contratado, algo que para la jueza “sí podría ser beneficioso para los clientes”.

El contrato no es suficiente para que el afectado consiguiese entender los efectos y riesgos del contrato. Esto, junto con la explicación que dio Banco Popular durante la venta del producto como una cobertura, no ayuda a la compresión exacta del producto. Destaca la declaración del director de la sucursal sobre la cláusula del vencimiento anticipado de la permuta financiera, “una fórmula que no la entiendo ni un notario”.

La juez afirma que los swaps son un producto financiero cuya configuración “alcanza un cierto grado de complejidad” que deber ser ofrecido en el soporte informativo necesario para que los clientes lo entiendan y valoren. Las permutas financieras requieren una mayor formación financiera, casi de experta, para por der comprender el alcance económico en determinadas circunstancias.


Dirección letrada: Vanesa Arbesú González
Perito: José Antonio Saavedra Vázquez
Banco: Banco Popular, S.A.
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF: S_120712_BPOPULAR_JPI5_LUGO_PART_SIN.pdf

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