La entidad tendrá que devolver el importe íntegro de la compra de subordinadas por parte de una pareja. No cumplió con la normativa europea y no les realizó el test MIFID.

Un juzgado de Ponferrada ha condenado a Banco CEISS a devolver a una pareja el importe de la compra de las obligaciones subordinadas que contrataron con Caja Duero en septiembre de 2009. La juez afirma que la información ofrecida por la entidad no fue lo suficientemente clara y precisa para que los afectados pudiesen haberse hecho una idea correcta del producto.

La sentencia admite que las subordinadas que CEISS colocó no se encontraban dentro de las necesidades que esperaban obtener los clientes. Al aceptar un producto ofertado por las entidades bancarias los clientes esperan que tengan ventajas, considera la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Ponferrada.

CEISS, a través de Caja Duero, no realizó en ningún momento el test MIFID a pesar de que fue firmado conjuntamente por los contratantes. La juez, por tanto, afirma que “resulta difícil de establecer que el banco cumpliera con la normativa europea” acerca de la recopilación de información sobre los clientes.

Para la magistrada es destacable que la pareja tuviese su dinero invertido en fondos de inversión sin riesgos. “Es difícil justificar que los clientes quisiesen cambiar el destino de sus ahorros por un producto de alto riesgo”, considera la juez en su sentencia. Por ello, Banco CEISS tendrá que devolver los 50.000 euros que la pareja abonó para la adquisición de las obligaciones subordinadas.


Dirección letrada: Bernardo Luis García Angulo

Banco: Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A. (CEISS) (Caja Duero)

Producto: Obligaciones subordinadas Caja Duero

Perfil: Particular

PDF: S_131216_CEISS_CDUERO_JPI7_PONFERRADA_SUBORDINADA_PART_SIN.pdf

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