Pedimos a Consumo que la futura Autoridad bancaria pueda tramitar acciones colectivas

Advertimos del posible colapso de la autoridad si no permite reclamaciones colectivas

Consideramos que la nueva Autoridad de Defensa del Usuario Financiero podría colapsarse si no se habilita la posibilidad de reclamar colectivamente. Al igual que los juzgados especializados, a día de hoy desbordados, la nueva Autoridad debería aprovechar la transposición de la Directiva de acciones de representación, conocida como acciones colectivas, para agilizar la resolución de conflictos masivos, aliviar los tribunales y mejorar la defensa de los consumidores.

El Gobierno está impulsando la Autoridad al mismo tiempo que las Acciones colectivas, siendo ambas las dos normas más importantes en materia de consumo que saldrán adelante antes de finalizar la Legislatura. Para nuestra presidenta Patricia Suárez, “debería aprovecharse la oportunidad para poner coto a la alta litigiosidad en materia bancaria de los últimos años dotando a la Autoridad de facultades que le permitan gestionar acciones colectivas”.

Así se lo hemos hecho saber al Ministerio de Consumo, enviándole una serie de sugerencias de cara a la presentación de enmiendas, que finaliza hoy, al Anteproyecto de Ley de la Autoridad Independiente de Defensa del Usuario Financiero. A nuestro juicio, debe aprovecharse la constitución de este organismo, que corre en paralelo a la tramitación de la ley de acciones colectivas, para que pueda resolver de manera colectiva un mismo problema que afecte a miles de usuarios, de manera que no se sature de reclamaciones individuales la Autoridad y los consumidores no se vean abocados a acudir a los tribunales de justicia.

Otro punto que veríamos positivo que se corrigiera es el relativo a las sanciones. Tal y como está redactada la norma, solo se sancionan los incumplimientos de resoluciones vinculantes (que son las de importes menores a 20.000 euros o por cantidades indeterminadas), quedando fuera conductas como la reiteración en el incumplimiento de todos ellos. Dicho de otro modo, no se sanciona el hecho de que una entidad siga desatendiendo reclamaciones en su SAC sobre hechos ya resueltos favorablemente al cliente por la Autoridad, obligando a los clientes a elevar siempre la reclamación a la Autoridad. Es un comportamiento que disuade al consumidor de reclamar, cuando debería ser todo lo contrario.

Este vía crucis al que se ve abocado el consumidor podría evitarse con un mecanismo sancionador efectivo que no está recogido en ningún caso por la norma. “Somos conscientes de que es el Banco de España el que tiene potestad en materia sancionadora, pero por experiencia sabemos que este tipo de situaciones no se han sancionado nunca y que las entidades abusan de ello”, recordamos en nuestro escrito a Consumo.

Sin ese régimen sancionador, lo que se hace es trasladar la litigiosidad actual de los ya colapsados juzgados especializados a la nueva Autoridad, disuadiendo de nuevo a los consumidores a presentar la reclamación. Por ejemplo, si todos los gastos hipotecarios se conocieran en la Autoridad, ésta se saturaría por dos motivos, el primero, porque los bancos no tendrían ningún incentivo a resolverlo en sus SACs y el segundo, porque no se podría resolver de manera colectiva. Todo ello sin que tuviera ninguna consecuencia negativa para la entidad financiera.

Como consideración general, nos parece que la aprobación de este organismo es muy positiva para el usuario financiero y esperamos que responda a las expectativas creadas en torno al mismo, fruto de años pidiendo su creación.

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2 comentarios

  1. Jesús Ibáñez de Opacua dice:

    He leido con el mayor interés la sentencia de hace un mes en Barcelona sobre una hipoteca multidivisa constituida con el Barclays y heredada por La Caixa. Yo estoy en el mismo caso.
    Me gustaría saber cuando presentó el caso la demandante a Asufín, para tener idea de la duración del proceso.
    Gracias.

    1. Hola Jesús,

      muchas gracias por tu mensaje. Puedes consultar la sentencia al completo desde tu área privada de socio.

      Te facilito el link de la sentencia en la que estás interesado, haz clic en el enlace y ya te llevará directamente a ella: https://panel.asufin.com/ver-sentencia/14654

      En caso de que estés interesado en iniciar una reclamación con nosotros, puedes enviar un correo a info@asufin.com y estaremos encantados de echarte una mano.

      ¡Que pases una buena tarde!

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