Iniciar Sesión

SUELO: Albacete concede medidas cautelares hasta la nulidad de cláusula suelo

El Juzgado de Primera Instancia número 3 y de lo Mercantil de Albacete ha estimado medidas cautelares sobre el pago de los intereses de un préstamo con clausula suelo de Banco Castilla la Mancha. El afectado no deberá pagar la diferencia entre el Euribor actual y la cláusula suelo incluida en su hipoteca.

El motivo de las cautelares ha sido la existencia de periculum in mora, es decir, que de no adoptarse las medidas, se causaría un perjuicio irreparable, ya que el afectado, dada su situación de desempleo, no podía hacer frente a los actuales pagos debido a los intereses procedentes de la cláusula suelo.

Por último, la caución para la toma de medidas ha sido ínfima. Así lo ha considerado el Juzgado debido a la situación del afectado y el perjuicio inexistente hacia la entidad.


Dirección Letrada: Vicente López.
Banco: Banco Castilla la Mancha.
Producto: Cláusula Suelo.
Perfil: Particular.
PDF:A_150303_JPIM3_ALBACETE_CAUTELARES_SUELO_PART_SIN.pdf

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Hazte
SOCIO

Artículos Relacionados 

Europa refuerza las reglas para contratar a distancia de servicios financieros

Europa refuerza las reglas para contratar a distancia servicios financieros

No cabe duda de que la realidad actual, comparada con hace diez años, en términos de digitalización social y económica no tiene nada que ver. Así, el panorama que regula la Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002 sobre comercialización a distancia de servicios financieros, dista mucho de la situación actual donde, tanto por la oferta de productos financieros como por la forma en que estos se ofrecen y los requisitos para suscribirlos.

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.