El Juzgado de Primera Instancia 7 de A Coruña declara la nulidad de la cláusula suelo de la hipoteca suscrita con Banco Sabadell en 2008
Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Banco Sabadell en defensa de los intereses de dos de nuestros asociados. En dicha demanda solicitamos la nulidad de la cláusula suelo. La entidad financiera se opone a la demanda.
Tras estudiar todas las alegaciones el juez del Juzgado de Primera Instancia 7 de A Coruña, estima nuestra demanda y declara la nulidad de la cláusula suelo. Además, condena a Banco Sabadell a devolver las cantidades que se hubieran cobrado de más por la cláusula con sus respectivos intereses y a recalcular los cuadros de amortización.
Puesto que la cláusula que la cláusula que establece un límite a la variación del tipo de interés es una condición general de la contratación, procede realizar un control de transparencia. En primer lugar, destaca que no solo es necesario que estén redactadas de una manera clara y comprensible, sino que deben posibilitar el conocimiento real de su contenido.
Ya que no existen simulaciones de escenarios; que la cláusula no está resaltada y se encuentra en un lugar secundario de la escritura y que la entidad no prueba que haya información previa clara y comprensible sobre el coste del contrato, este tribunal procede a declarar la nulidad de la cláusula.
El juez del Juzgado de Primera Instancia 7 de A Coruña estima íntegramente nuestra demanda y declara la nulidad de la cláusula. Además, condena a Banco Sabadell a la devolución de las cantidades que se hubieran cobrado en exceso más los intereses legales devengados desde el inicio del contrato. Por último, condena a la entidad de recalcular, excluyendo la cláusula suelo, el cuadro de amortización.
Producto: Hipoteca suelo
Juzgado: Juzgado Primera Instancia 7, A coruña
Dirección Letrada: Agenor Gómez Álvarez
Fecha: 30.06.2021
Entidad: Banco Sabadell
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