DANA Adam: qué cubren los seguros y cómo reclamar una indemnización por los daños

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) tramita y paga las indemnizaciones por los daños cubiertos, previa valoración de los desperfectos.

Las inundaciones provocadas por la DANA Adam están causando importantes daños en viviendas, vehículos y negocios. Ante esta situación, conviene conocer qué cubre cada seguro y cómo solicitar una indemnización.

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es el organismo encargado de gestionar las indemnizaciones por determinados riesgos extraordinarios, entre ellos las inundaciones extraordinarias. Para acceder a esta cobertura es necesario cumplir los requisitos establecidos y disponer de un seguro en vigor con la prima pagada.

¿Qué daños cubre el CCS?

El Consorcio puede indemnizar los daños sufridos en viviendas, vehículos, comunidades de propietarios y establecimientos comerciales asegurados cuando sean consecuencia de una inundación extraordinaria cubierta.

La indemnización se calcula en función de las condiciones de la póliza, los bienes asegurados, los capitales contratados y la valoración realizada por el perito. Por este motivo, la cuantía que reciba cada persona afectada puede variar.

Además, no es necesario que se declare una zona catastrófica para poder acceder a la cobertura del Consorcio por inundación extraordinaria.

¿Puedo reclamar si mi coche tiene seguro a terceros?

Sí. Los daños ocasionados por una inundación extraordinaria pueden estar cubiertos por el Consorcio incluso cuando el vehículo únicamente dispone del seguro obligatorio a terceros.

La cobertura del Consorcio es independiente de las garantías habituales del seguro del automóvil. Por ello, los daños por inundación extraordinaria pueden ser indemnizados, aunque la póliza no incluya daños propios.

¿Quién cubre las goteras y las filtraciones?

No todos los daños causados por la lluvia corresponden al CCS. Las goteras, las filtraciones y otros desperfectos derivados de fenómenos meteorológicos ordinarios no suelen estar cubiertos por este organismo.

En estos casos, la cobertura dependerá de las garantías contratadas con la aseguradora privada y de las circunstancias concretas del siniestro. Por ello, conviene revisar la póliza y comunicar los daños a la compañía para que determine si están cubiertos.

¿El seguro de hogar cubre todos los bienes?

Tener contratado un seguro de hogar no significa que todos los bienes estén necesariamente asegurados. Es importante comprobar si la póliza incluye tanto el continente, que abarca la estructura y los elementos fijos de la vivienda, como el contenido, que comprende muebles, electrodomésticos y otros objetos personales.

Los capitales asegurados y los límites establecidos en la póliza también pueden influir en la indemnización que corresponda.

Cómo reclamar los daños de la DANA Adam:

Para facilitar la valoración de los desperfectos y la tramitación de una posible indemnización, las personas afectadas deben:

  • Documentar los daños. Tomar fotografías y vídeos de los desperfectos, siempre que sea seguro hacerlo.
  • Guardar facturas y justificantes. Es recomendable conservar las facturas de los bienes afectados, los presupuestos de reparación y cualquier justificante de gastos relacionados con el siniestro.
  • Comunicar el siniestro lo antes posible. La Ley de Contrato de Seguro establece con carácter general un plazo de siete días para comunicar el siniestro al asegurador, salvo que la póliza contemple uno más amplio. En el caso del Consorcio, se recomienda presentar la solicitud cuanto antes, aunque también se admiten reclamaciones formuladas con posterioridad a los 7 días.
  • Dirigir la reclamación a la entidad correspondiente. Según el origen y el tipo de daño, la gestión deberá realizarse ante la aseguradora privada o ante el Consorcio de Compensación de Seguros.

Las solicitudes de indemnización al Consorcio pueden presentarse por internet o por teléfono. También es posible realizar la gestión a través de la entidad aseguradora, el agente o el corredor de seguros.

Teléfono gratuito del Consorcio de Compensación de Seguros: 900 222 665.

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