65yMás – Regular las ‘revolving’ para evitar el sobreendeudamiento, reto para 2020 – 28.12.19

Artículo de opinión de Patricia Suárez, publicado en 65ymás

Uno de los temas que deja pendiente 2019 y que supone todo un desafío de cara al año que estrenamos es la correcta regulación de las llamadas tarjetas revolving. De hecho, atravesamos una época de compras intensivas, propicias para la contratación de estos productos de crédito sumamente peligrosos por la facilidad de sobreendeudamiento que generan. Hace unos días, publicábamos el primer barómetro de ASUFIN dedicado a estas tarjetas, que concluía que el tipo de interés medio es del 25,20% por financiar compras y del 29,63% por disponer de efectivo, tanto en cajeros como en la cuenta corriente.

Los riesgos de estas tarjetas radican en los reclamos que emplean para su comercialización: se emiten e incluso renuevan gratis, realizando un importe mínimo de compra y sobre todo, permitiendo poder pagar una cuota muy baja mes a mes. A lo que hay que añadir que incorporan una línea de crédito permanentemente abierta para disponer de efectivo en cajeros o ingresar en cuenta que genera un interés muy alto. Estos elementos configuran un producto que va en contra del uso responsable del crédito pues se incita a tirar de tarjeta sin haber informado con transparencia al consumidor de sus consecuencias económicas.

Intereses crédito 'revolving'

Fuente: ASUFIN

De hecho, muchas sentencias están siendo favorables a los consumidores no solo por usura, sino también por la falta de transparencia en la contratación de este tipo de créditos. Es por ello que el Ministerio de Economía (@_minecogob) se ha visto obligado a presentar un proyecto de orden que los regule de forma más adecuada. En ASUFIN (@asufin_) aplaudimos la iniciativa del Ministerio y valoramos muy positivamente el texto propuesto. Sin embargo, conocedores de la problemática, hemos presentado propuestas para mejorar el futuro texto legal con cuestiones que consideramos clave si se quiere atacar de forma efectiva los flancos débiles de esta realidad que tantos estragos está causando a muchas familias.

La futura ley debería regular préstamos y tarjetas

En primer lugar, el texto parece dejar fuera los préstamos y solo se circunscribe a las tarjetas. Un error que debe ser corregido pues, con independencia de la forma de contratación, los riesgos son los mismos. Es más, si tenemos en cuenta el impacto de los nuevos operadores tecnológicos, las llamadas Fintech, es más que probable que se darán nuevas formas de contratación, a golpe de clic, que podrían quedarse al margen de este texto legal si no se remedia.

Por otro lado, hay que limitar el plazo de amortización del crédito revolving, ya que ahí radica uno de los mayores peligros: el pago eterno de intereses y recapitalización de los mismos que hace generar auténticas espirales de sobrecoste de los préstamos. Ciertamente, el texto aumenta al 25% el mínimo que debe amortizarse lo que, necesariamente, reduce el plazo y evita el eterno pago de intereses.

Finalmente, en ASUFIN valoramos muy positivamente la introducción de parámetros para una correcta evaluación de la solvencia del prestatario, sin embargo, echamos de menos consecuencias contundentes para el prestamista en caso de incumplimiento. Al mismo tiempo, nuestro sistema actual basado en ficheros negativos de solvencia no ayuda ni a los consumidores, ni a los prestamistas. Un sistema que incorpore los ficheros positivos de solvencia supondría un gran avance para el crédito responsable, la mejora de la competencia y el premio a los buenos pagadores que son, sin ninguna duda y atendiendo a la ratio de morosidad, la mayoría de los españoles. Esta fuente de información crediticia, evitando parámetros de exclusión financiera, dotaría al mercado de mayor transparencia, ayudaría a la educación financiera de los consumidores y mejoraría la competencia.

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