Valores Santander: Dos Audiencias Provinciales condenan a la entidad

[column size=one_half position=first ]» Los Valores Santander son condenados por la AP de Valencia y la AP de Santander[/column]
[column size=one_half position=last ]»La entidad deberá reembolsar 40.000€ y 20.000€ respectivamente [/column]

Audiencia Provincial de Valencia

La sentencia dictada por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia falla en contra del Banco Santander y confirma lo dictado en primera instancia. Condena a la entidad al pago de 40.000€, más los intereses legales y las costas procesales.

Contra esto, la financiera apelaba a que su producto no era complejo, y la nula dificultad para entenderlo. Es decir, que los demandantes ostentaban capacidad suficiente para comprender las características del riesgo. Del mismo modo, alegaban la incorrecta inversión de la carga de la prueba y su error en la valoración. Además, alegaban que el error, de serlo, era fácilmente vencible por la actora. Por último, solicitaban la revocación de la sentencia dictada en primera instancia.

La Sala considera el producto como complejo y se basa en la jurisprudencia del TS en su sentencia del TS 17/06/2016. Del mismo modo, desestima uno a uno los motivos de apelación de la financiera. La Audiencia confirma dicha sentencia e impone las costas de alzada a la parte apelante.

Audiencia Provincial de Santander

La Segunda sentencia revoca el fallo de primera instancia y condena al Banco Santander. El fallo en primera instancia condenaba a los afectados al pago de costas procesales y absolvía a la entidad.

Contra esto, se interpuso un recurso de apelación. El recurso se funda en la infracción de normas jurídicas sustantivas, argumentando que no se evaluó correctamente el perfil del inversor previa contratación. Del mismo modo, que no se ofreció la debida información ni antes ni después de la perfección del contrato. Por último, aluden a la reciente jurisprudencia del TS sobre el nivel de exigencia atribuible a las entidades bancarias, sobre todo, del riesgo.

A tenor de la sentencia, no es admisible que se considere un tríptico informativo como cumplimiento del deber de información. La Sala considera probado la existencia de error en el consentimiento, lo que conlleva la nulidad. La Audiencia estima el recurso de apelación y revoca íntegramente la sentencia de primera instancia. Declara la nulidad de 4 títulos del producto Valores Santander. La entidad deberá devolver el principal invertido, el interés legal y los gastos y comisiones que hayan sido cargadas a la actora. No se imponen las costas procesales de alzada, ni las de primera instancia.


Dirección Letrada: Juan José Ortega García /Apoderado sociedad mercantil
Banco: Banco Santander
Producto: Valores Santander
Perfil: Pyme (Apoderado sociedad mercantil)
Pdf: S_161026_BSANTANDER_AP9_VALENCIA_CONFIRMA_160219_JPI12_VALENCIA_VALORES_SANTANDER_PART_SIN

Dirección Letrada: De Musumarra
Banco: Banco Santander
Producto: Valores Santander
Perfil: Particular
Pdf: S_161020_BSANTANDER_AP2_SANTANDER_REVOCA_160118_JPI10_SANTANDER_VALORES_SANTANDER_PART_SIN

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Un comentario

  1. Otra vez las Audiencias Provinciales son las que salvan el buen hacer de la justicia. Es muy fuerte que aún queden jueces de primera instancia que no sepan lo que es un producto tóxico. Tuvo que ser el TSJ y TSJ Europeo quien nos abriera los ojos. Resultó que la «mejor banca del mundo» era de lo peor…..Actualmente sólo un 25% de los clientes confian en la banca española, se lo ganaron a pulso con todos los timos del 2007/2008.
    Mi enhorabuena a los afectados y letrados.
    Gracias Audiencias Provinciales por dar esperanza y justicia a los más débiles ante este timo generalizado.

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