» El producto se considera complejo, por lo que la información aportada por el banco debe desde ser lo más concisa y clara posible
» Dos socios de AUGE ganan al Banco Santander. Las costas procesales correrán por parte de la financiera
Los clientes suscribieron el 1 de octubre de 2007, por consejo de la entidad, dos contratos de adquisición de Valores Santander por 200.000 cada uno. Ambos creían que se trataba de un depósito sin riesgo. Así, no se les ofreció información precontractual y ni tan siquiera existe documento contractual alguno. Seguidamente, en 2012 se produce el canje de dichos valores por el cual perdieron un 60% de la inversión realizada.
El producto se considera complejo, por lo que la información aportada por el banco debería ser lo más concisa y clara posible; de tal manera que el consumidor pueda hacerse una idea veraz del riesgo que conlleva contratarlo. Los demandantes tienen perfil de consumidores, ya que no consta que tengan conocimientos ni profesiones relacionados con el sector financiero.
La parte demandada se opuso alegando que el contrato estaba cancelado y que los productos adquiridos fueron debidamente explicados. Sin embargo, se estima íntegramente la demanda.
En consecuencia, se declaran nulos los contratos de adquisición de valores Santander y, por tanto, la entidad deberá devolver 400.000, menos las cantidades recuperadas. A esto se le añade el abono del interés legal desde la contratación hasta la sentencia. Por su parte, los demandantes deberán devolver la titularidad de las acciones de Banco Santander que tengan en su poder. Las costas correrán a cargo del banco.
Dirección Letrada: Juan José Ortega
Banco: Banco Santander
Produto: Valores Santander
Perfil: Particular
Pdf: S_170313_BSANTANDER_JPI3_CASTELLON_VALORES_SANTANDER_AUGE_SIN