El Tribunal Supremo confirma la devolución retroactiva de las cláusulas suelo

» El BBVA, CAJAMAR y ABANCA tendrán que devolver con efectos retroactivos lo cobrado de más por las cláusulas suelo. BANCO POPULAR se ve vinculado también por esta sentencia.
» Patricia Suárez: “El Supremo ha dejado claro que la ‘cosa juzgada’ de la sentencia colectiva no puede afectar a los afectados que no se personaron y que ahora pueden ejercitar acciones individuales”

ASOCIACIÓN DE USUARIOS FINANCIEROS – ASUFIN | GABINETE DE PRENSA | 27/02/2017

El Tribunal Supremo ha publicado la sentencia 123/2017 sobre las cláusulas suelo, modificando su doctrina y aplicando por primera vez la retroactividad total. Confirma así la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona y rechaza que concurra “cosa juzgada” por ser, en primer lugar, una acción individual (no colectiva) y, en segundo, una cláusula distinta.

El texto de la sentencia deja claro que no se puede considerar ‘cosa juzgada’ en tanto que la sentencia de mayo de 2013 era una acción colectiva de cesación en la que no se personó ningún afectado. Para la Presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros “El BBVA, CAJAMAR y ABANCA no pueden seguir retrasando la devolución de los importes cobrados de más. De la misma manera que retiraron la cláusula suelo de todas su hipotecas en mayo de 2013, ahora deben devolver el dinero más intereses y evitar así una avalancha de afectados en los tribunales.”.

Además, para ASUFIN, el BANCO POPULAR debe sentirse vinculado por esta sentencia en tanto que su cláusula suelo se declaró nula en diciembre de 2015 por una acción de cesación en la que tampoco se personaron afectados.ç

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El País

 

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