Tres condenas a Bankinter a cargo de Asuapedefin

Dos de ellas fueron anuladas por falta de información previa. Otra ha sido estimada parcialmente.

El Juzgado de Primera Instancia número nueve de Madrid ha estimado la nulidad de un contrato swap adquirido por dos particulares asociados a Bankinter.

Los afectados, como en otros casos, adquirieron el Contrato de Gestión de Riesgos Financieros (clip Bankinter) como un seguro durante la novación de su hipoteca, en 2006. El objetivo del producto, según el director de la sucursal, era “blindarse” ante la subida de los tipos.

Pese a que los clientes sabían que en caso de bajada del Euribor deberían abonar ciertas cantidades por liquidaciones negativas, alegan que no se realizó ningún tipo de simulación que hiciera de referencia sobre las pérdidas que podía generar la permuta. Motivo estimado por el Juzgado.

El contrato, altamente desequilibrado, generó unos beneficios de poco más de 600 euros. Mientras, la bajada de los tipos obligaba al cliente a abonar unos 7.600 euros. El demandante tan solo ha pagado unos 300 euros, ya tras el primer pago se negó a asumir las liquidaciones.

Además, el precio de cancelación no fue debidamente explicado, ya que tan solo se hace referencia a unos costes según la “situación del mercado”, descripción insuficiente como para comprender a cuánto podía alcanzar la cancelación.

En el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Madrid, Asuapedefin también ha logrado una victoria contra Bankinter, consiguiendo la nulidad por error y vicio en el consentimiento. En total la entidad deberá reembolsar unos 6.700 euros al cliente.

Como en el anterior caso, el afectado, un particular, suscribió el contrato de permuta financiera de tipos de interés al firmar un préstamo hipotecario para su domicilio.

El cliente pensó que firmaba un seguro de cobertura frente a la subida de los tipos. Durante la contratación no recibió ningún documento o simulación que explicara el producto y los diferentes escenarios de evolución de los tipos.

Por último, el Juzgado de Primera Instancia número 98 de Madrid ha estimado parcialmente la demanda de uno de nuestros asociados.

El demandante solicitó la nulidad del contrato swap debido al error y vicio en el consentimiento, así como la devolución del coste de cancelación anticipada.

El Juez ha desestimado la nulidad y reembolso de las liquidaciones negativas generadas por la permuta, ya que considera que el folleto informativo ofrecido por Bankinter dejaba claro que el swap era un producto independiente que podía compensar la subida de los tipos pero que no se trataba de una cobertura.

En cambio, sí ha estimado la nulidad del coste de cancelación. El contrato suscrito no exponía la obligación por parte del cliente de tener que pagar un coste en caso de cancelación anticipada.


Dirección Letrada: Patricia Gabeiras Vázquez.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF JPI9:S_130613_BANKINTER_JPI9_MADRID_CLIP_ASUAPEDEFIN_PART_SIN.pdf
PDF JPI38:S_130618_BANKINTER_JPI38_MADRID_INTER_ASUAPEDEFIN_PART_SIN.pdf
PDF JPI98:S_130620_BANKINTER_JPI98_MADRID_ASUAPEDEFIN_INTER_PART_SIN.pdf

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