SWAP: Las Audiencias siguen fallando a favor del consumidor

Los miles de familias que contrataron un SWAP sin saber realmente lo que contrataban tienen grandes aliados en las Audiencias Provinciales, que están fallando a su favor porque no se les informó adecuadamente. La AP10 de Madrid ha condenado a Bankinter a restituir a una pareja de ASUFIN el dinero de la permuta, con los intereses legales desde su contratación.

La pareja, ambos con estudios de formación profesional, confió en Bankinter cuando le ofreció un SWAP a modo de seguro, haciéndoles creer que, de ese modo, no sufrirían los vaivenes del Euribor. Cuando, años después, comprobaron que todas las liquidaciones eran negativas, acudieron al Banco de España, que desestimó su reclamación. No tuvieron más remedio que seguir pagando hasta el fin del contrato, pero no desistieron de su lucha.

El matrimonio se asoció a ASUFIN y el letrado colaborador, Ignacio Delgado Larena-Avellaneda interpuso demanda contra Bankinter que fue desestimada en el JPI55 de Madrid. El juez no encontró ni dolo, ni error, ni engaño en el banco. Valoró el hecho de que el swap se hubiera pagado hasta el final del contrato y desestimó por caducidad el resto de las acciones. ASUFIN recurrió y solicitó la revocación de la sentencia.

Existe una extensa jurisprudencia sobre SWAP que permite presumir el error en quien contrató este producto por déficit informativo.

Pero las Audiencias siguen fallando a favor del consumidor. La Sala Décima de la Audiencia Provincial de Madrid considera, en primer lugar, que la acción por error no está caducada, y entra directamente a valorar la transparencia. Acude a la STS del 13 de noviembre de 2018 para recordar que son múltiples las sentencias del Supremo que ya han creado jurisprudencia.

Dice la sentencia que un incumplimiento «en los riesgos inherentes a los contratos de swap, tanto en lo que que se refiere a las liquidaciones periódicas negativas en elevada cuantía como a un también elevado coste de cancelación, puede hacer presumir el error en quien contrató con dicho déficit informativo».

En el caso de los asociados de ASUFIN, la Sala no aprecia que Bankinter cumpliera con sus deberes de información. La sentencia de instancia no repara en que» era preceptiva una  información  precontractual completa y adecuada, con suficiente antelación a la firma de los documentos, y que la entidad no se había asegurado de que los clientes tuvieran conocimientos financieros, ni de que los productos ofertados fueran adecuados a su perfil inversor».

Bankinter ofreció el swap a una pareja sin conocimientos y no les advirtió ni de los riesgos ni de la penalización.

Es la entidad la que está obligada a facilitar esa información por imperativo legal y no son los consumidores los obligados a averiguar las cuestiones relevantes en materia de inversión ni a buscar asesoramiento.  «Sin conocimientos expertos en el mercado de valores el cliente no puede saber qué información concreta ha de requerir al profesional».

Bankinter fue el que ofreció el swap a dos personas sin ningún conocimiento financiero, comercializándolo como un seguro, sin facilitarles el contrato con antelación y sin advertirles de escenarios adversos. Tampoco se les informó de que podrían obtener liquidaciones negativas, ni de que existía penalización por cancelación anticipada. Un swap es un producto complejo y, por tanto, debe extremarse el deber de información.

El banco tiene que restituir los 6.017,60 euros cobrados indebidamente, el resto de lo devengado más intereses

La AP10 revoca la sentencia de instancia y declara la nulidad del contrato por existir vicio de consentimiento  prestado por los actores por concurrencia de  error en los mismo. Se condena a Bankinter a la restitución de 6.017,60 euros , más los intereses legal del dinero de las cuotas en virtud de lo indebidamente pagado.

Compartimos con nuestros asociados la alegría de esta sentencia y felicitamos a nuestro abogado colaborador, Ignacio Delgado Larena-Avellaneda por este éxito. En este caso se ha recuperado el dinero por error de consentimiento, pero si han pasado cuatro años desde la cancelación, se puede recuperar por otras acciones. En ASUFIN tenemos un equipo jurídico comprometido y solvente dispuesto a aconsejarte. Escríbenos a info@asufin.com

Dirección Letrada: Ignacio Delgado Larena-Avellaneda
Banco: Bankinter
Producto: SWAP
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF:  Sentencia favorable de la AP10 de Madrid

 

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