El Tribunal Supremo declara la nulidad por usura de una tarjeta revolving con una TAE de 16,08%

La TAE aplicada a la tarjeta revolving era más del doble del tipo de interés aplicado a los créditos al consumo en el año que se celebró el contrato

El 30 de marzo de 2006, unos consumidores celebraron con Cajamar un contrato de tarjeta revolving con una TAE del 16,08%. Y fue por este tipo de interés que se presentó una demanda en la que se pidió que se declarase la nulidad de la tarjeta revolving por contener un interés remuneratorio usurario. Además, de que se condenase a la entidad demandada a devolver a los consumidores las cantidades que excediesen del capital prestado.

Cajamar, por su parte se opuso a la demanda. Sin embargo, el 6 de octubre de 2017 el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Laredo declaró la nulidad de la tarjeta revolving por contener una TAE notablemente superior al interés normal del dinero, más del doble del tipo de interés aplicado a los créditos al consumo en el 2006.

Además, condena a la entidad a devolver a los demandantes la cantidad que exceda del total del capital prestado más los intereses devengados.

Contra dicha sentencia Cajamar presentó un recurso de apelación que fue estimado parcialmente por la Audiencia Provincial nº 4 de Cantabria, en cuya sentencia limita la condena a la restitución de las cantidades percibidas en concepto de intereses remuneratorios. 

Los consumidores presentan un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial por infringir el art. 1 de la Ley 23 de julio de 1908 sobre la nulidad de los contratos de préstamo usurarios. El Tribunal Supremo estima el motivo. 

Ya que el hecho de que el contrato tenga un interés remuneratorio usurario hace que el crédito sea usurario y conlleve la nulidad radical, absoluta y originaria del mismo. Y es por todo ello, que el Alto Tribunal casa la sentencia; desestimar íntegramente el recurso de apelación y confirmar la sentencia de primera instancia.

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Producto: Tarjeta revolving

Juzgado: Tribunal Supremo

Dirección Letrada: Celestino García Carreño

Fecha: 13.10.2022

Entidad: Cajamar

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