La mayoría de comunidades autónomas cuentan con regulación muy desactualizada de protección de las personas consumidoras.
Desde ASUFIN, ya pusimos de manifiesto que la regulación autonómica de protección de las personas consumidoras está muy poco actualizada, lo que deja fuera de una correcta integración nuevos derechos reconocidos por la normativa Europea, así como nuevas realidades del consumo.
El BOE de hoy, nos trae la publicación del nuevo estatuto de las personas consumidoras del País Vasco, que se suma a Navarra con un texto más completo que contempla derechos de nueva generación y conceptos como el de persona consumidora vulnerable. Resulta fundamental que las regulaciones autonómicas avancen en este sentido. Por un lado, por el principio de igualdad territorial y la necesidad de reconocer derechos iguales a todas las personas consumidoras en todo el territorio; por otro lado, por la necesidad de avanzar de manera proactiva en las tendencias y realidades que propicien un consumo sostenible y responsable, lo que pasa, necesariamente, por promover políticas públicas y mejorar las obligaciones de transparencia de los proveedores.
En este sentido, la nueva regulación vasca encomienda nuevas XXXX a las competencias de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, organismo autónomo que actúa como autoridad autonómica en la materia. En concreto, destacamos aquí lo que la propia exposición de motivos recoge como una apuesta clara, en el título IV de la ley, por la promoción de los sistemas alternativos de resolución de conflictos, a través de la regulación de la mediación, así como la introducción de la adhesión al arbitraje como regla general en el sector público y en el ámbito de la contratación pública.
En materia de reconocimiento de derechos de los consumidores, destacamos el valor que esta nueva regulación otorga al derecho de información. Y, más concretamente, a la creación de oficinas de información a las personas consumidoras y usuarias, que podrán ser municipales o de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias. Además de informar y orientar, estas oficinas podrán dar acuse de recibo de denuncias y trasladarlas al organismo competente, acusar recibo y tramitar quejas, desarrollar tareas de formación, etc.
Finalmente, de esta nueva regulación, destacamos la introducción de algunos principios fundamentales en la protección de las personas consumidoras en el País Vasco como el de irrenunciabilidad de derechos, el de consumo responsable o el de no discriminación y la protección contra abusos contractuales.
Concluimos reiterando nuestra reivindicación para que el resto de comunidades autónomas actualicen también su regulación en la materia, partiendo y compartiendo la premisa que recoge esta nueva ley vasca, de que la protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias es uno de los principios rectores de la política social y económica, que exige disponer de un marco jurídico adecuado.