Sólo ocho CCAA han actualizado la protección a consumidores en la última década, mientras que Europa ha emitido hasta cuatro directivas desde 2011
Mientras que Europa ha ido renovando el corpus normativo para garantizar los derechos a los consumidores, con hasta cuatro directivas desde 2011, buena parte de los representantes de nuestras comunidades autónomas afrontan el arranque de la campaña electoral, hoy, con este debe a sus espaldas. Madrid, Murcia, Andalucía y Canarias presentan una hoja de servicios en esta materia totalmente obsoleta, que data de hace dos décadas o más. Otras tres comunidades autónomas no están mucho mejor: Asturias, Cantabria y Aragón actualizaron sus leyes en 2006.
La lista continúa en País Vasco, cuyo estatuto data de 2011, Galicia legisló en 2012, La Rioja, en 2013, Cataluña e Islas Baleares hicieron lo propio en 2014, y Castilla y León, en 2015. Sólo cuatro comunidades autónomas tienen sus leyes actualizadas desde hace 5 años: Extremadura, Valencia y Castilla-La Mancha, en 2019 y Navarra, el año pasado.
En este sentido, una mera comparación entre la legislación más avanzada, que ofrece la Ley Foral de 2022 de Navarra, y la más antigua, de la Comunidad de Madrid, ofrece los siguientes elementos sobre los que instamos a nuestros futuros representantes, candidatos en campaña a partir de esta noche, a legislar:
- Obsolescencia tecnológica. Derecho a una garantía de funcionalidad con arreglo al ciclo de vida útil, también en el contexto de la economía circular y más sostenible.
- Datos y privacidad. Derecho a la seguridad y privacidad en las relaciones de consumo que derive en un mayor desarrollo en la regulación de protección de los datos.
- Resolución extrajudicial de conflictos. Incorporación de este recurso como vía para la descongestión de nuestros tribunales.
- Vulnerabilidad. Reconocimiento de realidades y supuestos de protección especial. Proponemos asimismo introducir un concepto novedoso, como el del empoderamiento financiero y digital, haciendo hincapié en los colectivos vulnerables.
- Transparencia. Las regulaciones más antiguas desarrollan el derecho a la información. Pero el concepto de transparencia permite poner el foco también en la obligación de los proveedores a la hora de trasladar información relevante al consumidor.
- Cláusulas no negociadas individualmente. Nuevas previsiones que excluyan expresamente las abusivas, ilegibles o incompresibles.
- Derecho al medioambiente saludable. Permitiría desarrollar políticas públicas e iniciativas privadas, así como combinadas, en favor de este derecho que afecta a las generaciones presentes y futuras.
- Derecho a la soberanía alimentaria. En línea con lo anterior, y por coherencia con las políticas y estrategias de sostenibilidad de la propia industria.
- Servicios de atención al cliente. Incorporación de la obligación de los servicios de atención a la clientela e información accesible a los consumidores.
- Educación financiera. Desarrollar políticas encaminadas a que el consumidor esté en el centro no sólo como sujeto de protección sino como sujeto activo en la relación de consumo, como incorpora la regulación más novedosa, de Navarra.