PREFERENTES Y SUBORDINADAS: Nuevo caso de colocación conjunta de preferentes y subordinadas a un mismo afectado

El total invertido en estos productos ascendía a 350.000 euros. Un juez de Valladolid condena a Caja España, la entidad emisora, a devolverle todo a la afectada por existir un vicio del consentimiento.

La afectada estaba jubilada por incapacidad, y el encargado de gestionar sus finanzas era su cuñado. Él siempre dejó claro que buscaba productos sencillos y sin riesgo. El dinero invertido procedía de una herencia de la que la afectada resultó beneficiaria. El afectado compró preferentes en tres órdenes sucesivas, en 2009 y 2011, por un valor total de 165.000 euros. Además, compró también deuda subordinada  en 2008 y 2009 por un valor 185.000 euros. En todas estas gestiones se movió aconsejado por empleados de la entidad. En total, 350.000 € colocados en productos tóxicos sin tener ni idea de su funcionamiento ni de sus riesgos.

El proceso judicial ha girado en torno a la información que se prestó a los afectados sobre los productos que iban a contratar antes de la firma. La ley española obliga a alas entidades bancarias a asesorar e informar con especial atención y cuidado a los clientes minoristas. Además, obliga a ofrecerles sólo productos que se puedan considerar adecuados a su perfil. Tanto las preferentes como las subordinadas son productos calificados por nuestra normativa como productos «de riesgo», lo cual desaconseja su colocación entre particulares, y obliga en cualquier caso a las entidades emisoras a informar y aclarar su funcionamiento, características, y riesgos de una forma veraz y completa.

Como es habitual en estos casos, el banco demandando trata de defenderse alegando que sí informó de todos los riesgos que conllevaba el contrato, pero no consigue probarlo ni con las preferente ni con la deuda subordinada. Además, intenta la argucia procesal de alegar que la acción de nulidad del contrato ya ha caducado por haber transcurrido más de 4 años desde su firma. Pero ni una ni otra consiguen su resultado. El juez admite la existencia de vicio en el consentimiento y declara nulas las órdenes de compra de todos los productos. Y por ello, obliga a la entidad a devolver a la afectada todos sus ahorros. Además, condena en costas al banco.


Banco: Caja España – CEISS
Producto: Participaciones preferentes y deuda subordinada
Perfil: Particular
Dirección letrada: Álvaro García Graells

PDF: S_140516_CEISS_JPI1_VALLADOLID_PREFERENTES_SUBORDINADA_PART_SIN.pdf

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