La Audiencia Provincial número 12 de Madrid ha confirmado la nulidad de dos contratos swap adquiridos por dos de nuestros asociados en 2005 y 2007. El motivo de la nulidad ha sido, como viene siendo habitual, la falta de diligencia informativa durante la comercialización del producto.
Los afectados suscribieron los contratos swaps bajo la creencia de que se trataban de seguros frente a la subida del Euribor, desconociendo las consecuencias posibles en caso de bajada de los tipos. La entidad no pudo demostrar que explicara en profundidad los diversos escenarios y riesgos del producto.
Además, los documentos de contratación adolecen de claridad y sencillez, resultando la información facilitada al cliente insuficiente, sobre todo en lo referido a la cancelación anticipada y su posible coste.
Asimismo, los magistrados consideran que el contraste entre los riesgos asumidos por el cliente y la entidad, constituyen una posición gravosa para el consumidor y ventajosa para el comercializador del producto, creando un efectivo desequilibrio en el contrato.
Dirección Letrada: Patricia Gabeiras Vázquez.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_141106_BANKINTER_AP12_CONFIRMA_ESC026_S_131023_JPI98_MADRID_ASUAPEDEFIN_INTER_PART_SIN.pdf