Nueva confirmación de la nulidad de un swap de Bankinter

Bankinter no dio en ningún momento una información clara, concisa, completa y comprensible sobre el producto que la clienta iba a contratar. El banco subrogó el swap a la firma del préstamo hipotecario.

La Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado una condena contra Bankinter por la venta fraudulenta de una permuta financiera a una clienta, por lo que la entidad bancaria deberá proceder a la devolución del dinero recibido y a la cancelación del contrato.

El banco fue incapaz de demostrar que la iniciativa de contratación surgió de su clienta, por lo que los magistrados de la sección sexta de la Audiencia de Alicante afirman que fue Bankinter quien incitó a la contratación de la permuta. Además, la sentencia recoge que el contrato del swap estaba “subrogado” al préstamo hipotecario que la afectada solicitó para la compra de su vivienda.

Esto provocó que la clienta no tuviese conocimiento del contrato que estaba firmando y de las posibles consecuencias que le podía acarrear. Además, Bankinter engañó a su clienta haciéndole creer que estaba firmando un seguro para convertir el tipo de interés variable en uno fijo, “con el fin de protegerle frente a las subidas”.

Los magistrados afirman que no consta que Bankinter diera una información “relevante, pues todo lo que obra como información son los propios contratos”. Además, estos contratos fueron redactados por el propio banco. Todo esto los jueces lo consideran como “una evidente falta en el comportamiento diligente” y como “una falta de transparencia en el interés del cliente”.


Dirección letrada: Juan Carlos Pérez Nadal
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Permuta financiera
Perfil: Particular
PDF 1ª Instancia: S_120418_BANKINTER_JPI2_DENIA_PARTICULAR.pdf
PDF 2ª Instancia: S_121213_BANKINTER_AP6_ALICANTE_CONFIRMA_…_SIN.pdf

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