Bankinter vuelve a recibir la confirmación de una sentencia en su contra. La Audiencia de Asturias considera que el banco no informó sobre las condiciones y singularidades de la permuta financiera a una empresa ni de las previsiones de los tipos de interés.

La Audiencia Provincial de Asturias ha vuelto a confirmar una sentencia por la comercialización de sus clips. En esta ocasión, ha sido Bankinter y deberá devolver el importe de dos swaps a una pequeña empresa. También tendrá que anular el contrato entre las partes.

Bankinter colocó a la empresa dos permutas financieras por valor nominal de 300.000 y 400.000 euros sin informar sobre los riesgos del producto. Tampoco informó sobre las predicciones “razonada y razonable” sobre el comportamiento futuro de los tipos de interés.  Esta es la única forma, según los magistrados,  que tienen los clientes para poder valorar “con conocimiento de causa” si la propuesta del banco satisface o no sus intereses.

Los magistrados de la sección 5 exigen a Bankinter un “deber de lealtad hacia su cliente conforma a la buena fe contractual” pues fue el banco quien tuvo la iniciativa  para la contratación del swap. Los jueces considera que el error podía haber sido evitado si Bankinter hubiera empleado “una diligencia media o regular”. El banco tenía que haber valorado las circunstancias personales  del cliente. Esta sentencia confirma la emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Siero.


Dirección letrada: Jorge Álvarez de Linera Prado
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Clip Hipotecario Óptimo
Perfil: PYME
PDF 1ª instancia: S_120611_BANKINTER_JPI2_SIERO_PYME_SIN.pdf
PDF: S_121107_BANKINTER_AP5_OVIEDO_CONFIRMA_120611_JPI4_ SIERO_PYME_SIN.pdf

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