LEY 25/2015: Segunda oportunidad para hipotecados

  • Las personas físicas podrán acudir al procedimiento concursal

  • Se abre una oportunidad real de negociar con las entidades bancarias

  • Afectados por hipotecas multidivisa podrían acogerse a esta Ley

“Poder encarrilar nuevamente su vida e incluso arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer”, con este objetivo se presentó la ley 25/2015 en su exposición de motivos, la conocida como “Ley de la Segunda Oportunidad”, que abre nuevas posibilidades para aquellas personas, que afectadas por la crisis, no pueden hacer frente al pago de todas sus deudas.

Dos son las novedades que nos aporta esta Ley: por un lado, amplía la posibilidad de acudir al procedimiento concursal a todas las personas físicas, procedimiento que hasta ahora estaba reservado sólo a sociedades de responsabilidad limitada y empresarios. El concurso de acreedores, permite en última instancia, que una vez liquidado el patrimonio del deudor, siempre que no haya sido posible un acuerdo con los acreedores, aquél quede exonerado de todas sus deudas, permitiéndole así empezar de nuevo sin arrastrar las cargas de deudas pasadas.

Sin embargo, la novedad más importante la encontramos en la nueva regulación de los acuerdos extrajudiciales de pago. El procedimiento arranca con el nombramiento de un mediador concursal, que tras hacer un inventario de todos los bienes y deudas del solicitante, deberá convocar a todos los acreedores para iniciar un proceso de negociación, cuya asistencia es obligatoria, pues en caso contrario, sus créditos serán clasificados como subordinados, dicho de otra forma, serán los últimos en ser pagados.

Iniciada la negociación, la ley permite la realización de toda clase de acuerdos que pueden incluir quitas de la deuda (sin haber establecido ningún límite al respecto), el aplazamiento de pagos hasta en 10 años, y lo que es más importante, la renegociación de las condiciones de los préstamos. Como señala Ismael Olmo, abogado experto en este tipo de procedimientos y colaborador de Asufin “Gracias a este mecanismo, un cliente puede lograr una reducción de las cantidades adeudadas por su hipoteca, y lo que es más importante, la eliminación de condiciones especialmente gravosas como ocurre con las cláusulas suelo o multidivisa”.

Los afectados por hipoteca multidivisa podrían tener una segunda oportunidad gracias a este mecanismo

Surge entonces una pregunta inevitable ¿Por qué habrían de aceptar los acreedores un acuerdo de esta naturaleza? “Porque en caso de no alcanzar un acuerdo, se iniciará inmediatamente un concurso de acreedores, en el que una vez liquidados los bienes del deudor – en la mayoría de los casos sólo cuenta con una vivienda -, éste quedará liberado de TODAS sus deudas, es decir, entregando la vivienda se libera de la deuda hipotecaria, y también del resto de deuda, y esto es lo último que desean los acreedores” señala Ismael Olmo.

Es precisamente esta presión, lo que facilita que los acreedores acepten acuerdos que se ajusten a las posibilidades reales de pago del deudor, en los que una vez liberado de la deuda que no puede asumir, y bajo condiciones realistas, puede mantener su patrimonio al tiempo que los acreedores recuperan parte de sus créditos, evitando de esta forma un procedimiento concursal en el que saben que va ser imposible recuperar cantidad alguna.

La ley ha querido facilitar este tipo de acuerdo, por ello, si el mismo cuenta con el beneplácito de una mayoría cualificada, será de obligado cumplimiento para TODOS los acreedores, incluso aquellos que hayan votado en contra, y lo que es más importante, una vez cumplido el mismo, el deudor queda exonerado de todas las deudas, lo que le permite iniciar de nuevo su vida, conservando su patrimonio.

Para poder acogerse a este proceso, la ley sólo señala que debe tratarse de deudores de buena fe que se encuentren en situación de insolvencia, entendida ésta como la imposibilidad de atender regularmente todas sus obligaciones, siempre y cuando sus deudas no superen los 5 millones de euros.

Se abre una posibilidad real de negociación con las entidades bancarias

En definitiva, se abre ahora un posibilidad real de negociación con las entidades bancarias para todos aquellos afectados por préstamos hipotecarios con condiciones especialmente gravosas, que permita una reformulación de las condiciones pactadas en su día, para reducir las cantidades adeudadas y eliminar las cláusulas que nunca debieron haberse incluido.

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