La justicia rechaza una demanda del Banco Popular contra una particular

El Banco Popular demandó a una cliente que le adeudaba más de 1.000€, resultantes de un swap. La jueza dio la razón a la particular por considerar que había habido error de consentimiento.

popular oficna3El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Zafra (Badajoz) ha desestimado la demanda presentada por el Banco Popular hacia una particular por incumplimiento de los pagos derivados de la permuta (IRS). La jueza ha decido, además, dar la razón a la demandada y anular el IRS habían suscrito las partes, y que le produjo unas pérdidas de 1.162,53€.

La jueza ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por la clienta, en las que afirmaba que no había recibido la información necesaria para saber qué era lo que estaba firmando. Según se puede leer en la sentencia, “las entidades financieras tienen la obligación de clasificar a sus clientes a través de test de conveniencia”. Algo que, en este caso, Banco Popular no realizó y clasificó a la particular como profesional. La jueza desestima esta definición que hace el banco sobre su cliente y para ello se acoge al artículo 78 de la Ley del Mercado de Valores. En él se define a un cliente profesional a aquel que “se presuma la experiencia, conocimientos y cualificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar sus riesgos”; un perfil que no cuadra con la clienta.

Por otra parte, la jueza considera que el Banco Pastor también incumplió en sus obligaciones de información. Según la legislación vigente, los bancos y cajas deben informar a los clientes de manera comprensible sobre los servicios que prestan, los riesgos de los productos contratados y deben insistir en valorar adecuadamente la experiencia de los clientes al recomendarle un determinado tipo de producto.

Según la jueza, el banco ofreció el IRS tras conceder un préstamo, por lo que, según la magistrada, “el cliente ve el swap como un producto accesorio y recomendado por la entidad financiera”. Ante esto, la clienta establece una relación de confianza con el director de la sucursal, pues le ha prestado anteriormente dinero y cree que los productos de permuta financiera son aconsejables y beneficiosos para ella. Por lo que el error de consentimiento alegado por la particular está totalmente justificado. Además, la Audiencia Provincial de Ávila ha revocado parcialmente una sentencia contra un particular.


Dirección letrada: Carlos Arjona Pérez
Banco: Banco Popular, S.A.
Producto: IRS
Perfil: Particular
PDF: S_120130_BPOPULAR_JPIEI2_ZAFRA_PART_SIN

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