La Audiencia Provincial de Murcia anula un swap vendido a una importante mercantil

El perfil profesional del afectado no ha impedido que la justicia declare nulo el contrato por un vicio en el consentimiento. El Santander tendrá que devolver más de 775.000 euros cobrados indebidamente.

La sentencia no discrimina al afectado por su perfil: a pesar de tratarse del administrador de una potente sociedad mercantil, el artificio para la colocación del swap genera los mismos efectos que si se tratara de un particular. La iniciativa de la contratación partió de un empleado del banco, y no se informó de la naturaleza de la permuta, de su relevancia económica en el contrato o de sus posibles efectos. Por ello, el consentimiento queda igualmente viciado, siendo el contrato nulo de pleno derecho.

La sentencia señala que el swap, tal como estaba redactado, sólo podía ser comprensible para alguien «que opere en el sector financiero». Es decir, que no basta con lo que la ley llama un ‘perfil profesional’ para que el banco pueda eludir «su deber de proporcionar información clara y extensa sobre los productos que se ofrecen o sugieren». Por tanto, el banco no puede escudarse en la posición del afectado al frente de una importante empresa para eludir su responsabilidad.

El recorrido judicial del caso ha sido positivo para el afectado desde el principio. El juzgado de Lorca que conoció del caso en primera instancia ya falló anulando el swap con un razonamiento en la misma línea que esta sentencia. A pesar de ello, desde el banco optaron por recurrir, y ahora la Audiencia de Murcia confirma la nulidad del contrato y condena en costas al Santander.


Banco: Santander
Producto: Swap
Perfil: Profesional
Dirección letrada: Sr.  de la Peña Claver

PDF: S_140922_BSANTANDER_AP1_MURCIA_CONFIRMA_140113_JPI3_LORCA_PROFESIONAL.pdf

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