La Audiencia Provincial de Burgos confirma la nulidad parcial de una hipoteca multidivisa de Bankinter

  • La Audiencia Provincial de Burgos se suma a las de Toledo, Barcelona, Madrid y Las Palmas declarando la nulidad parcial de una hipoteca multidivisa de Bankinter

  • Los magistrados consideran que un profesor de matemáticas no tiene por qué ser experto en el mercado de divisas

La sección 3 de la Audiencia Provincial de Burgos ha confirmado la sentencia que publicábamos hace unos meses en esta misma web bajo la dirección letrada de Jaime Codón. El banco alegó, entre otros, que la acción había caducado en tanto que ya habían pasado 4 años desde la suscripción de la hipoteca, sin embargo, tanto el juez de instancia como la Audiencia desestimaron dicho argumento basándose en la jurisprudencia mayoritaria citando, entre otras, la STS Pleno de 12 de enero de 2015.

Los jueces españoles deben comprobar en cada caso de hipoteca multidivisa si hay un servició de inversión

Por otro lado, la sala analiza la contradicción actual entre la STS Pleno de 30 de junio de 2015 vs la sentencia del TJUE Asunto C312-14 de diciembre de 2015 sobre la aplicación de la normativa Mifid en este tipo de préstamos. Según los magistrados, la doctrina del TJUE les vincula y «deben comprobar en cada caso de hipoteca multidivisa si hay un servició de inversión» y citan así mismo la sentencia del TJUE Asunto C-26/13 de abril de 2014 por la que se analiza si las cláusulas cumplen con el control de transparencia además de mencionar la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo que menciona expresamente la problemática de este tipo de préstamos en moneda extranjera para muchos países de la Unión.

Un profesor en matemáticas ‘puede ser experto en cálculos matemáticos pero ignorar las fluctuaciones de la divisa y sus previsiones en el mercado’

Para la sala lo importante es determinar si se ha producido un error en el consentimiento teniendo en cuenta la información facilitada así como el perfil de los contratantes. En este sentido, confirman expresamente la valoración del juez de instancia «que los contratantes sean universitarios y profesores de secundaria no implica que sean ya perfectos conocedores de las características de los asociados al préstamo multidivisa, el que el esposo sea profesor de matemáticas, no supone experiencia financiera sudiciente para comprender las consecuencias del préstamo y sus riesgos, puede ser experto (en) operaciones o cálculos matemáticos pero ignorar las fluctuaciones de la divisa y de los tipos de interés y sus previsiones en el mercado.» Finalmente, considera que la carga de la prueba es de la entidad y que, a pesar de haber presentado el «Documento de Primera Disposición» firmado, el mismo no supone por sí mismo información suficiente, todo lo contrario, contiene frases incomprensibles que se reproducen en la escritura del préstamo.

Por todo ello condena a Bankinter a recalcular la deuda en euros desde el momento de la firma, aplicando Euribor + 0’60% de diferencial tal y como indica la escritura.


Dirección letrada: Jaime Codón
Entidad: Bankinter
Perfil: minorista / profesor matemáticas
PDF 1 INST: S_150731_BANKINTER_JPI1_BURGOS_PART_SIN.pdf
PDF 2 INST: S_160405_BANKINTER_AP3_BURGOS_CONFIRMA_150731_…_HMD_PART_SIN.pdf

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