IRPH: Nueva cuestión prejudicial presentada al TJUE

El JPI 2 de Ibiza eleva al TJUE una segunda cuestión para que determine si las sentencias del Supremo se oponen al derecho de la Unión

El pasado 5 de enero la magistrada Carmen Robles Zamora del Juzgado de Primera Instancia 2 de Ibiza, presentó una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el IRPH. En el auto presentado cuestiona la interpretación del Tribunal Supremo de la sentencia del TJUE 595-598/2020 del 3 de marzo de 2020. 

Según la magistrada la interpretación hace que «gire jurídicamente en 180 grados el sentido protector de los consumidores recogida en la Directiva, en exclusivo beneficio de las entidades financieras predisponentes».

Las 16 cuestiones de este auto pretenden esclarecer la confusión actual ante esta situación. Principalmente, cuestiona si esta interpretación se opone al artículo 3 de la Directiva.

Según las sentencias antes mencionadas del TJUE, la falta de transparencia implicaba abusividad y, por lo tanto, la nulidad del mismo. Sin embargo, el Alto Tribunal español afirma que la falta de transparencia no implica que concurra abusividad por lo que el contrato puede ser o no nulo.

Este auto se suma al presentado por el magistrado de Primera Instancia 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana, para convertirse en la segunda consulta realizada al TJUE tras sus primeras sentencias sobre la materia en marzo del año pasado.

Producto: IRPH

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 2, Ibiza

Fecha: 05.12.2020

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.