MULTIDIVISA: Un matrimonio burgalés con un perjuicio de 42.738 euros gana a Bankinter

Los asociados de ASUFIN suscribieron su préstamo hipotecario en yenes por 160.000 euros porque Bankinter les vendió que pagarían menos intereses sin explicarles los riesgos que podían sufrir si se depreciaba el euro. La juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Burgos ha declarado la nulidad del clausulado multidivisa y ha condenado al banco a recalcular el crédito a euros.

El préstamo se formalizó en 2007 y no fue hasta medio año después que los asociados fueron conscientes del riesgo que corría su vivienda habitual. En la testifical, uno de los cónyuges reconoció que tuvo una empresa que colaboraba con Bankinter, pero que nunca le explicaron a lo que se exponía con ese producto. También declaró que cuando las cuotas comenzaron a subir intentó llegar a un acuerdo en decenas de ocasiones buscando una solución que le bajase el diferencial, pero ellos decían que no se podía.

Ante la asfixia que vivían, acudieron a ASUFIN y el abogado colaborador Jaime Codón Alameda interpuso demanda contra el banco solicitando la nulidad de las cláusulas por falta de transparencia y abusividad. La pareja, tras haber estado pagando cuotas mensuales de capital e intereses a lo largo de más de 8 años por importe de 92.107,70 euros, deben a la entidad financiera la cantidad de 141.827,24 euros.

A pesar de que habían pagado más de 92.000 euros en cuotas el capital pendiente apenas había descendido

La pericial aclara que si, a fecha de demanda, el préstamo hubiera sido concertado en euros, el importe total de las cuotas mensuales de capital e intereses pagadas durante estos años habría sido de 99.088,92 euros; por lo que el perjuicio causado asciende a la cantidad de 42.738,32 €.

Para la juez no resulta acreditado que los asociados de ASUFIN recibieran la información precontractual necesaria para la formalización de un negocio jurídico de la complejidad del préstamo multidivisa. Por otro lado, como se dice en la demanda, sin que haya sido cuestionado por la contraparte, los actores no tenían vinculación con el mundo de las finanzas, “más allá de un swap que le colocaron junto a la HMD y de la cual tuvieron pérdidas dado lo deficiente de la información”.

La única vinculación que los asociados tenían con el mundo de las finanzas fue un Swap que les reportó pérdidas

Bankinter aporta como documentos la oferta vinculante donde no figura fecha de entrega. Los asociados afirman que se firmó un par de horas antes de ir al notario. Lo cierto es que no ha acreditado, continúa la sentencia,  con la prueba practicada, «que los demandantes comprendieran todas la características de un préstamo multidivisa, que la citada cláusula afectaba al objeto principal del contrato y cuáles eran los riesgos derivados «.

A la vista de todo lo anterior, «debe declararse la nulidad del clausulado multidivisa, lo que conlleva la consideración de que la cantidad adeudada por los demandantes es el saldo vivo de la hipoteca referenciado a euros, resultante de disminuir al importe prestado la cantidad amortizada hasta la fecha, también en euros, en concepto de principal e intereses» y comisiones de divisa. El contrato subsiste sin los contenidos declarados nulos,  utilizando como tipo de interés la  referencia fijada  (Euribor a un mes +0,50 puntos).

Desde ASUFIN felicitamos a los asociados y al abogado colaborador Jaime Codón Alameda. En este tipo de procedimientos es fundamental tener una asistencia jurídica con experiencia, solvente y comprometida con los intereses de los afectados. En ASUFIN esa es nuestra prioridad para que todas las víctimas de cláusulas abusivas recuperen el dinero pagado de más. Recuerda que si no reclamas, ganan ellos.

info@asufin.com

Dirección Letrada: Jaime Codón Alameda
Perito: Enrique Mestre
Banco: Bankinter
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: 08.07.209 Sentencia favorable del JPI4 de Burgos

 

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