HMD: Nueva victoria de ASUFIN sobre Bankinter

El Juzgado de Primera Instancia número 26 de Madrid ha dictado sentencia contra Bankinter por un nuevo caso de hipoteca multidivisa.

La entidad naranja ve como la justicia vuelve a dar la razón a los asociados de ASUFIN por un litigio de este estilo, y es que los procedimientos por multidivisa ganados se suceden a lo largo y ancho del territorio nacional.

El magistrado Don Luis Aurelio Sanz Acosta, Titular del JPI número 26 de Madrid, ha declarado la “nulidad de la totalidad del clausulado multidivisa por su abusividad, por falta de proporcionalidad y de transparencia”. De este modo, el juez condena a Bankinter a recalcular y rehacer las cuentas nuevamente, considerando ahora que el capital debe ser amortizado en su divisa natural, el euro, y el Euribor como índice de referencia ordinario. Asimismo, el magistrado también ha declarado la nulidad de la cláusula de interés de demora por abusiva,  además de condenar a Bankinter a hacerse cargo las costas procesales del afectado.

La cláusula, suscrita entre las partes en el año 2006, se anula por “falta de abusividad y transparencia” y al estar fundada en “vicio del consentimiento por error”. Si bien el carácter abusivo queda excluido de las cláusulas multidivisa “siempre que se redacten de manera clara y comprensible”, la notificación de este apartado no puede reducirse solo a un plano formal y gramatical, sino que “el nivel de información debe entenderse de manera que permita al consumidor alcanzar un conocimiento real de las mismas y comprender todas sus consecuencias económicas y jurídicas”.

Del mismo modo, el juez se hace eco de lo señalado por el Tribunal Supremo, quien asegura que la obligación de informar sobre los riesgos recae en la entidad de crédito, además de advertir de las fluctuaciones del capital. Así pues, el TS, además del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, recalca el deber de la entidad de proporcionar la información correspondiente al consumidor, información que Bankinter omitió.

La obligación de informar sobre los riesgos recae en la entidad de crédito, información que Bankinter omitió.

El juez reconoce el atractivo de este instrumento financiero, al utilizar como referencia una divisa de un país en el que los tipos de interés son más bajos que los de los países que tienen como moneda el euro, pero  también alerta de los riesgos de este tipo de cláusulas: “al riesgo de variación del tipo de interés se suma y porque el tipo de cambio de la divisa elegida se aplica (…) de modo que la fluctuación de la divisa supone un recálculo constante del capital prestado”.

Desde ASUFIN queremos felicitar a los asociados por este éxito, somos conscientes de los momentos tan difíciles vividos y de la satisfacción lograda al ver cómo la justicia nos da la razón. Enhorabuena también a nuestros letrados colaboradores, Fernando Gavín y Loleta Linares, por su excelente labor. Este tipo de procedimientos requiere una asistencia jurídica solvente y comprometida, como la que ofrece ASUFIN.Si eres víctima de un abuso bancario, reclama tus derechos porque los tribunales están ahora con los afectados.


Dirección Letrada: Fernando Gavín/ Loleta Linares
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Socio ASUFIN
Pdf: Sentencia JPI26 Madrid Multidivisa Bankinter

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