MULTIDIVISA: la AP15 de Barcelona falla a favor de un mecánico y su mujer que recuperan casi 70.000 euros

ASUFIN ha ganado de nuevo en la Sala 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona que ha declarado la nulidad de la cláusula multidivisa contratada por nuestros asociados. El JPI4 de Vilafranca de Penedés desestimó la demanda por caducidad de la acción de error de consentimiento, sin entrar a dilucidar las otras pretensiones. Los magistrados han declarado nula la cláusula por falta de transparencia.

El matrimonio asociado a ASUFIN tenía puestas todas las esperanzas en la Audiencia Provincial y en el abogado colaborador, Oscar Serrano, después del varapalo de primera instancia. Entonces, el juez no entró a valorar la falta de transparencia en la comercialización del producto y la abusividad de la cláusula: desestimó la demanda centrándose exclusivamente  en la acción subsidiaria de error vicio del consentimiento.

La AP15 expone que la acción del error vicio sólo tendría sentido si la pretensión de ASUFIN fuera la nulidad total del contrato y no sólo el clausulado multidivisa. Apoyándose en la legislación y jurisprudencia protectora de los consumidores frente a cláusulas abusivas, y en la Sentencia del Supremo de 15 de noviembre de 2017, los magistrados analizan todas las acciones y fallan a favor del matrimonio.

La Sala se apoya en la reciente STS de 15 de noviembre de 2017 para analizar si hubo transparencia en la comercialización de la hipoteca multidivisa

En el año 2005 la pareja canceló un crédito con La Caixa con el que había comprado su vivienda habitual y contrató con Banco Popular su hipoteca multidivisa en francos suizos. Los afectados solicitaron 190.000 euros animados por los intereses y cuotas más bajas de este producto. Pero en el banco no les advirtieron de los riesgos.

La Sala presta especial atención a esta cuestión puesto que el banco tiene el deber de prestar información mostrando lealtad a quien, como los consumidores, están en clara posición de desventaja . Su deber consiste, también, en adecuar sus productos a las circunstancias de estos clientes. Si esta información es correcta se aseguran de que ambas partes prestan el consentimiento de forma efectiva.

La Sala no ha podido verificar documentación probatoria de que la entidad ofreciera la información adecuada al perfil

Los magistrados encuentran probado que fueron los asociados de ASUFIN los que acudieron a la entidad a raíz de un folleto publicitario que el marido, mecánico de aviación, recibió en su trabajo. Dado que su préstamo con La Caixa le estaba resultando económicamente muy lesivo en las cuotas, siguió los consejos de un compañero que conocía el producto y le dijo que pagaría menos mensualmente.

Al analizar qué información dio el banco al matrimonio antes de la firma, la Sala no ha podido verificar documentación sobre oferta vinculante, ni folleto informativo. Ningún documento sobre la información prestada por el banco y poca luz en la testifical de la directora de la entidad que sostiene que estos préstamos multidivisa se ofrecían a determinados colectivos, como el aeronáutico, y que los interesados eran informados en su trabajo.

Durante 12 años este matrimonio pagó un total de 116.225 euros y, sin embargo, su deuda con el banco apenas disminuyó, pasando de 190.000 a 188.086 euros

A pesar de asegurar que les dio todo tipo de explicaciones, su declaración no viene corroborada con ningún soporte documental por lo que los magistrados no encuentran razones para creer más a la empleada que a los afectados. Lo que sí es un hecho constatado en el informe pericial del colaborador de ASUFIN, Alejandro García Muntané, es que el matrimonio contrató 190.000 euros en 2005 y en 2016 su deuda pendiente con Banco Popular era de 188.086 euros, con un perjuicio económico de de 69.742,28 euros.

Los asociados han pagado en estos doce años un total de 116.225,03 euros en cuotas, cambios de moneda y demás gastos y apenas han amortizado 2.000 euros. Si hubiesen sido informados de este riesgo y hubieran optado por contratar su hipoteca en euros, en 2016 su capital pendiente sería de 116.225,03 euros y habrían pagado menos en sus cuotas que se dispararon desde finales de 2008.

Un mecánico y un ama de casa no tienen conocimientos financieros para este producto complejo

Un mecánico y una ama de casa que cobran su salario en euros no son perfiles adecuados para este producto. No realizaron cambios de divisa porque así se lo aconsejaron en el banco y porque desconocen el procedimiento. Banco Popular debió ser más diligente y mostrarles los riesgos con escenarios negativos y, sobre todo, con el posible (y probable) aumento del capital pendiente.

La Sala concluye que la cláusula multidivisa no se incorporó de forma transparente. No existe ninguna información precontractual concluyente, ni escrita ni tampoco verbal y los magistrados estiman que si la pareja hubiera conocido los riesgos nunca hubiera referenciado su hipoteca a francos. «Por todo ello, procede estimar el recurso de apelación revocando la sentencia de primera instancia».

La sentencia declara la nulidad de las cláusulas multidivisa referenciando el préstamo en euros y subsistiendo el resto de cláusulas del contrato y en ASUFIN celebramos este fallo con nuestros asociados y abogado colaborador, Oscar Serrano Castell. Cuando se pierde un procedimiento es cuando los letrados tienen que apoyar a los afectados y pelear con más fuerza para recuperar sus derechos. Si eres víctima de un abuso bancario, no te resignes. Reclama y recupera tu dinero. Consúltanos.

Dirección Letrada: Oscar Serrano Castell
Perito: Alejandro G. Muntané
Banco: Banco Popular / Banco Santander
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF:   Sentencia estimatoria AP15 de Barcelona 18/06/2019

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.