HMD: dos enfermeros asociados de ASUFIN ganan a Bankinter en Madrid

El Juzgado de Primera Instancia número 74 de Madrid ha anulado la cláusula multidivisa de un crédito hipotecario contratado por dos enfermeros que les supuso un perjuicio económico de 31.400 euros.

La pareja se acercó a Bankinter para informarse de los créditos hipotecarios en divisa de los que había oído hablar a otros compañeros funcionarios. El banco les mostró las ventajas que suponía referenciar la hipoteca al LIBOR, ya que el Euribor estaba muy alto en esos momentos. Los asociados sólo conocieron las ventajas, porque nadie les habló del riesgo de este producto.

Bankinter les concedió un crédito de 332.127.35 francos suizos en el año 2007. Sin embargo, cuando apenas habían transcurrido tres meses, les recomendó que cambiaran a yenes, lo que resultó aún más desfavorable posteriormente. A finales de 2016, viendo que las cuotas seguían subiendo y la deuda con la entidad aumentaba, solicitaron ayuda a ASUFIN.

La deuda de este matrimonio con Bankinter era en febrero de 2017 de 155.000€, cuando en euros sería de 123.623€

La juez del JPI74 de Madrid constató que la deuda del asociado, tras once años abonando sus cuotas religiosamente, ascendía a 155.023,86€ cuando, si el crédito se hubiese contratado en euros, debía ser de 123.623,38 euros. La pérdida económica sufrida por este matrimonio ascendía en febrero de 2017 a 31.400,48€, según la pericial aportada por Enrique Mestre.

El testigo aportado por Bankinter manifestó que había suministrado toda la información, incluyendo simulaciones, pero no pudo aportar ninguna prueba documental. Tampoco consta que se firmara la oferta vinculante. La sentencia advierte de que no considera que la hipoteca fuera negociada, ya que no es negociación elegir entre distintas ofertas de una misma entidad.

La juez anula la cláusula multidivisa y la cláusula sexta de intereses de demora, condenando a Bankinter a eliminarla.

La juez concluye que la falta de información impidió a los enfermeros conocer la carga económica y jurídica del producto que contrataron, por lo que procede a anular dicha cláusula por falta de transparencia. Así mismo, declara la nulidad de la cláusula sexta referente a los intereses de demora, al establecer un tipo de interés de 9,5 puntos añadidos al tipo de interés aplicable al retraso en el pago, condenándose a su eliminación. Las costas correrán por cuenta de Bankinter.

Felicitamos a nuestros dos asociados por este éxito y a los abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín por su excelente trabajo. Os recordamos que en 2018 ASUFIN ha ganado más del 98% de las demandas para anular la cláusula multidivisa y que os animamos a reclamar.


Dirección Letrada: Loleta Linares/ Fernando Gavín
Perito: Enrique Mestre
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca multidivisa
Perfil: Particular/ASUFIN
Pdf: Sentencia estimatoria del JPI74 de Madrid

 

 

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.