D0s asociados de ASUFIN, licenciados en administración de empresas, han ganado la demanda interpuesta por la asociación contra Bankinter. El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Madrid ha declarado la nulidad de la cláusula por abusiva y falta de transparencia.
La pareja, en 2008, buscaba una nueva hipoteca en euros con mejores condiciones que la suscrita con Banco Santander. Tras acudir a varias entidades para informarse llegó a Bankinter. Allí les vendieron les vendieron un préstamo con hipoteca multidivisa. Los consumidores querían el crédito para financiar su vivienda habitual, lejos de finalidades especulativas, ya que carecen de formación económica financiera y nunca han suscrito un producto complejo de alto riesgo.
Ante las ventajas que los empleados les ofertaron, suscribieron el contrato en octubre de 2008 por importe de 180.000 €, referenciado a francos suizos. Sin embargo, lo que a los asociados no les contaron fue que la fluctuación de la divisa afectaba al capital. Cuando fueron conscientes, solicitaron ayuda a ASUFIN.
Aunque la pareja ha pagado cerca de 60.000 € en cuotas, su deuda se ha incrementado en más de 20.000.
Esta pareja, que ha pagado cerca de 60.000 euros en cuotas, en la actualidad no sólo no ha reducido la deuda, sino que se ha aumentado, pues el capital pendiente de amortizar es ahora de 200.360,36 €. El abogado colaborador, Ismael Olmo, presentó demanda solicitando la nulidad de la cláusula y la devolución de todo lo cobrado de más con sus intereses.
La juez, tras analizar las pruebas, concluyó que no existía información precontractual, ni se realizó oferta vinculante, ni consta que se diera la escritura para leer con tiempo. No se ha aportó por parte de Bankinter «el expediente del préstamo, la evaluación de la solvencia de la demandante, los informes del departamento de riesgos ni ningún otro documento». Además, La escritura no supera el control de transparencia sobre los riesgos de la cláusula multidivisa.
Los tribunales son rotundos: no encuentran documentos que prueben que los bancos informaron correctamente.
Por tanto, dice la sentencia, las cláusulas de la escritura referidas a la opción multidivisa deben ser declaradas nulas por no superar el control de transparencia. Aunque uno de los asociados está formado en ADE, la información no fue honesta y leal sobre los riesgos.
Esta nulidad parcial «conlleva la consideración de que la cantidad adeudada por la demandante es el saldo vivo
de la hipoteca referenciado a euros, resultante de disminuir al importe prestado 180.000 € la cantidad amortizada hasta la fecha, también en euros, en concepto de principal e intereses». Todo ello entendiendo que el préstamo lo fue en euros y que las amortizaciones deben realizarse también en euros. Bankinter debe devolver los cobros indebidos.
Nuestra felicitación a nuestros dos asociados y al abogado colaborador, Ismael Olmo, por este importante éxito. Aunque Bankinter tiene tiempo para recurrir, esta sentencia abre el camino para el fin de la lucha. Os recordamos que en ASUFIN contamos con un equipo jurídico muy solvente y comprometido con los afectados. Cuenta con nosotros e infórmate.
info@asufin.com
Dirección Ismael Olmo
Perito: Julio César Calvo
Banco: Bankinter
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: Sentencia estimatoria del JPI 13 de Madrid