Una hipotecada de León, primera particular que gana una Sentencia contra Bankinter

Ya son 11 las sentencias condenatorias para Bankinter por el caso de los clips.

El Juzgado de primera instancia número 8 de León ha vuelto a condenar a Bankinter por un caso de permuta financiera, en este caso la novedad es que no se trata de una PYME sino de una leonesa hipotecada a la que se le ofreció el clip como un «seguro» de protección ante las subidas de interés.

La Sentencia reitera los argumentos esgrimidos en anteriores sentencias sobre la falta de información y transparencia tanto en el clausulado del contrato como en la comercialización del mismo pero apunta las siguientes novedades que consideramos dignas de mencionar:

  1. Bankinter niega obtener ningún beneficio del CLIP al haber cedido el contrato a un tercero. El juez no lo declara probado pues se aporta documento en inglés sin la debida traducción.
  2. Contradice la opinión de la CNMV y el BdE en su reciente comunicado al considerar que se trata de un «tipo autónomo de inversión, carente del carácter accesorio» con el que Bankinter contesta a la demanda y además aplica el artículo 79bis de la LMV (transposición de la directiva Mifid). Sobra decir, que las resoluciones judiciales y no las del regulador, son las que importan a efectos interpretativos de la Ley.
  3. El hecho de que el contrato se haya firmado fuera de las establecimientos mercantiles y no haberlo acompañado de un documento de revocación ya facultaría al cliente para «desvincularse del contrato de conformidad con el artículo 4 de la Ley 26/1991 de 21 de noviembre«.
    Este argumento resulta capital para cientos de pymes cuyos contratos fueron firmados en los domicilios de sus empresas a instancia de los comerciales que tenían que cumplir objetivos.
  4. Por último, y de vital importancia para todos los particulares, señala todos los artículos contenidos de el Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que se han vulnerado en el clausulado del contrato que aluden a cláusulas abusivas, deber de informar los riesgos, deber de presentación, cláusulas de penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento, resolución unilateral del contrato por parte del banco, abuso de todas las cláusulas no negociadas individualmente, etc…

En suma, un nuevo éxito para todos los afectados por SWAPS de Bankinter y del resto de entidades financieras.

? puede descargarse la Sentencia aquí

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9 comentarios

  1. BIENNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNN,NOS ESTAMOS SUPERANDO,AFINANDO,PULIENDO Y AÑADIENDO CADA VEZ MÁS JUSTICIA.Y QUIEN HA DICHO QUE LA JUSTICIA EN ESPAÑA NO FUNCIONA?COMO SE CURRAN ESTOS JUECES NUESTROS SU TRABAJO Y ENCIMA TIENEN QUE ENSEÑAR A ESTOS «TRAPALLEEIROS DEL ESTADO»DIGNIDA,HONORABILIDAD DE LA QUE ELLOS CARECEN.ABAJO LOS POLITICOS ARRIBA «NUESTROS JUECES»QUE LE DAN UNA LECCIÓN DE COMO SE DEBEN HACER LAS COSAS.APLICAR LA LEY,CURRARSELA COMO SE LA CURRAN ES DE ADMIRACIÓN TENER QUIEN HACE IMPECABLE SU TRABAJO Y ENCIMA ESTAN SALVANDO A MILES DE FAMILIAS CHULEADAS POR ESTOS DESGOBERNANTES,MENTIROSOS,SOBERVIOS Y…

  2. WWWWAAAAAWWWWWWWWWW… este sí que ha sido un bombazo contra bankinter. Ya empiezan los hipotecados a ganar los juicios… lo que es increíble es que tengamos que ir uno a uno al juzgado a defender nuestros derechos contra una entidad bancario!! Pero iremos, que no les quepa duda!

  3. Patricia esas explicaciones de clausulas abusivas tambien nos sirven a los de intercambio no? Es por buscar algo positivo a nuestra situacion.
    Enhorabuena a todos los de los clip que lo tenies ganado!!!

    1. claro que si, no dudéis que los intercambios tienen defensa, recordad que las primeras resoluciones del BdE eran de intercambios y hasta ahora han sido las más contundentes!

  4. Lamentablemente la regulación de los contratos celebrados fuera del establecimiento solo es aplicable a consumidores conforme al Texto Refundido de la Ley de Consumidores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre. ¿Hay personas que lo hayan hecho por internet?

  5. Justicia y Derecho se equiparan.
    Enhorabuena a la afectada porque tine razón y la justicia y el derecho se la dan.

  6. Unete en FACEBOOK: SOY FAN DE la leonesa gana el 1º juicio de un particular contra un banco

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