» La entidad es condenada por incumplir el control de transparencia
» Bankinter deberá recalcular la hipoteca en euros y abonar las costas procesales
Los afectados alegan en su demanda que la entidad no les proporcionó una información clara, precisa, detallada y suficiente acerca del producto. Del mismo modo, tampoco advirtieron de los riesgos del préstamo. Además, manifiestan que la fase precontractual fue inexistente, sin simulación alguna ni entrega de tríptico u oferta vinculante alguna. Consecuencia de ello, consideran que hubo error en el consentimiento de naturaleza esencial y excusable.
Frente a esto, Bankinter cuestiona en primer término la viabilidad de las pretensiones formuladas por la actora. Esto es porque en el suplico la acción principal ejercitada es la nulidad, y la subsidiaria el error en el consentimiento. La financiera considera inviables estas pretensiones desde un punto de vista jurídico. Sin embargo, la resolución estima la viabilidad de esta reclamación, y considera la Multidivisa como un instrumento financiero.
No constan advertencias ni simulaciones que permitiesen advertir a los clientes sobre la trascendencia real y carga económica y jurídica de la cláusula Multidivisa.
Tampoco puede pasarse por alto que los actores carecían de conocimientos financieros especializados. El juez considera que trabajar como visitador médico no proporciona dichos conocimientos.
El juzgado concluye que las cláusulas multidivisa deben ser declaradas nulas puesto que se consideran abusivas por incumplir el control de transparencia. Bankinter deberá dejar referenciado dicho préstamo a euros, aplicando el interés pactado. La entidad deberá recalcular las cuotas pagadas. Con imposición de costas a la parte demandada.
Dirección Letrada: Juan José Ortega
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular
Pdf: S_161214_BANKINTER_JPI11_VALENCIA_HMD_AUGE_SIN