Hipoteca Multidivisa: Las Audiencias Provinciales siguen dando la razón a los afectados

»Las audiencias provinciales de Valladolid y Murcia declaran nula y abusiva la cláusula multidivisa
»Ambas sentencias imponen las costas de alzada a las entidades bancarias apelantes en Audiencia Provincial

Recogemos dos sentencias de las Audiencias Provinciales de Valladolid y Murcia en las que el juez da la razón a los afectados y falla en contra de los bancos que habían recurrido las resoluciones de primera instancia.

El juzgado de primera instancia nº2 de San Javier dictó sentencia con fecha 15 de mayo 2015 en la que estimaba en parte la demanda interpuesta y se declaraban abusivas, nulas y por no puestas las cláusulas de opción multidivisas fallando en contra de Catalunya Banc.

De la misma manera se pronunciaba el juzgado nº1 de lo mercantil en Valladolid que dictaba sentencia con fecha 20 de octubre de 2015 donde se declaraba la nulidad parcial en cuanto a las cláusulas multidivisas, condenando a Bankinter a rehacer el cuadro de amortización desde la fecha de suscripción del mismo y su ampliación.

En la apelación de Catalunya Banc se alega caducidad en la acción porque el préstamo hipotecario se suscribió el 7 de mayo de 2007 y la demanda se presenta el 31 de julio de 2013.

Según la jurisprudencia, “una cláusula contractual debe redactarse de manera clara y comprensible, ésta debe ser clara y comprensible gramaticalmente para el consumidor, y que también sea comprensible el mecanismo de conversión de la divisa extranjera al que se refiere”. Por todo esto desestima el recurso de alzada interpuesto por Catalunya Banc contra la sentencia dictada en primera instancia por lo que confirman dicha resolución imponiendo a la parte apelante el pago de las costas de alzada. Esta sentencia en Audiencia Provincial ha sido dictada firme.

En la apelación de Bankinter la entidad alega un «grave error de la sentencia al no establecer que cláusulas de la escritura de préstamo deben ser reputadas nulas; incorrecta valoración y aplicación de la normativa relativa a las obligaciones de información y su incidencia en la nulidad de las cláusulas; incorrecta declaración de abusividad por falta de transparencia de las clausulas multidivisa; la nulidad de las clausulas debe conllevar la nulidad del contrato e indebida transformación de un préstamo en francos a un préstamo en euros». Pero el magistrado en Audiencia Provincial no aprecia ningún error en la valoración de la prueba ni de aplicación o interpretación jurídica que denuncia la recurrente

El juez desestima el recurso de apelación interpuesto por Bankinter y confirma la sentencia dictada en primera instancia, imponiendo las costas originadas por esta alzada. Pero a diferencia de la sentencia anterior, contra esta sentencia sí cabe recurso de casación.

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Dirección Letrada: Jesús José Dapena García
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