Los asociados recuperan el 100% de los gastos de gestoría y registro y el 50% de los de notaría tras declararse la cláusula nula
Dos asociados de ASUFIN formalizaron ante notario una escritura de compraventa con subrogación de hipoteca con la entidad Ibercaja en el año 2007. Posteriormente, interpusieron una demanda contra la cláusula número 5 de gastos hipotecarios.
La entidad demandada se opuso a la demanda alegando que dicha cláusula no es abusiva y la falta de legitimación pasiva. Sin embargo, este tribunal entiende que no procede estimar dicha pretensión ya que el hecho de que no encontremos ante una subrogación en el préstamo concedido al promotor, no supone que la entidad financiera esté exenta de responsabilidad, por lo que tiene que llevar a cabo las actuaciones necesarias para asegurarse de que el adquirente recibe la información adecuada.
En relación con los gastos hipotecarios, se consideran abusivas, si supone una imposición de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponden al empresario y puesto que en este contrato se atribuye indiscriminadamente a los consumidores prestatarios el pago de todos ellos, procede declarar la nulidad de la cláusula en su totalidad.
Respecto a los gastos de notaría siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo este juzgado determina que debe repartirse a la mitad, pues ambas partes se consideran interesadas. Los gastos de gestoría serán abonados por la entidad en su totalidad al no haber una base legal que disponga lo contrario.
Por último, los gastos de registro también deberán ser abonados en su totalidad por Ibercaja pues es el principal favorecido de la inscripción hipotecaria.
Por ello el Juzgando de Primera Instancia número 101 de la capital declara la nulidad de cláusula de gastos incluida en la escritura de compraventa con subrogación, manteniendo la vigencia del contrato sin aplicación de la misma. Además, condena a la demandada a devolver la cantidad de 1.618€.
Producto: Cláusula gastos
Juzgado: Juzgado Primera Instancia 101, Madrid
Entidad: Ibercaja
Fecha: 13.11.2020
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