Gastos Hipoteca: Un abogado colaborador de ASUFIN recupera el IAJD en Zamora

» El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº6 de Zamora devuelve el importe del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, los gastos de Notaría y Registro
» Una sentencia que dota de una herramienta muy importante a los afectados para reclamar los gastos hipotecarios

El demandante firmó su hipoteca con Caja Laboral Popular el 11/04/2008 para financiar la adquisición de su vivienda habitual. En la escritura se incluía la cláusula que establece el reparto de gastos hipotecarios. No obstante, fue él quien asumió el pago de los mismos en virtud de la suscripción del préstamo. La hipoteca también contenía una cláusula de interés de demora del 18%.

Respecto de los gastos notariales, la cláusula se declara abusiva. Esto es porque la misma atribuye unilateralmente al hipotecante la totalidad del pago. En cuanto a los gastos registrales, la Magistada considera que la hipoteca se inscribe a favor del banco. Es por ello que debería ser la entidad quien abonase los derechos de registro.

Lo que interesa al prestatario es el préstamo, no la hipoteca, y no puede inferirse un interés en la hipoteca por el solo hecho de adherirse al conjunto negocial.

Estas cláusulas no solo no permiten una mínima reciprocidad en la distribución de gastos; sino que hacen recaer su totalidad sobre el hipotecante, a pesar de que la normativa permite una distribución equitativa.

Por último, en el Impuesto de Actos jurídicos Documentados existe una discrepancia entre la doctrina jurisprudencial. No obstante, atendiendo a la STS de 23 de diciembre de 2015, quien adquiere el único derecho que se constituye en virtud de este impuesto es el banco. En este sentido, otras disposiciones como el artículo 17.5 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre; el artículo 89.3 de la Ley de Consumidores (TRLGCU) y el Real Decreto Legislativo 1/1993 de 24 de septiembre afirman lo mismo.

En consecuencia, se estima la demanda en favor del consumidor declarando la nulidad de los gastos hipotecarios. El banco deberá abonar al prestatario los gastos de notaría, registro e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Del mismo modo, es declarado abusivo el interés de demora del 18%. La entidad deberá abonar los intereses legales devengados así como las costas procesales.


Dirección Letrada: Luis Felipe Gómez Ferrero
Banco: Caja Laboral Popular
Producto: Gastos Hipoteca
Perfil: Particular
Pdf: S_171017_CLABORAL_JPIEI6_ZAMORA_GASTOS_HIPOTECA_PART_SIN

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