SWAP Y SUELO: Condena a Banco Popular por colocar un swap y una cláusula suelo al mismo cliente

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Gijón ha estimado la nulidad de una permuta financiera de tipos de interés y una cláusula suelo adquiridas por un particular con su préstamo. Banco Popular deberá reembolsar las cantidades percibidas a causa de estos dos productos debido a que no cumplió su obligación de máxima diligencia informativa, propiciando un vicio en el consentimiento y una posición abusiva con respecto a su cliente.

En 2007, el afectado suscribió un contrato de novación modificativa de un préstamo con garantía hipotecaria. En este, se efectuó la contratación de la permuta financiera de tipos de interés y se estableció un suelo del 4,50%.

En cuanto al swap, ha quedado acreditado durante el juicio la falta de información, ya que el empleado de la sucursal que comercializó el producto ha admitido no comprender del todo el funcionamiento del IRS. Asimismo, afirmó que la permuta era ofrecida a cualquier cliente que se preocupara por los intereses que se devengaran en un préstamo, sin atender al perfil de dichos prestatarios, lo que también incumple la normativa MIFID y la Ley del Mercado de Valores.

Además, tampoco se entregó ningún folleto informativo, ni simulación de escenarios, ni ninguna explicación que sirviera para aclarar el funcionamiento más allá de definirlo como un “seguro”.

Por otro lado, la cláusula suelo, contratada en la situación anteriormente mentada, ha sido declarada abusiva según la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. El suelo fue colocado como condición general del contrato y además, suponía un enorme desequilibrio entre las partes, más aún teniendo en cuenta la existencia de un swap vinculado al préstamo, de manera que el cliente se veía sumamente desfavorecido en caso de bajada de los tipos. A esto hay que añadir la falta de documentación informativa durante la renegociación de la hipoteca.

Por tanto, Banco Popular incumplió innumerables obligaciones legales, y deberá restituir las sumas percibidas en exceso desde la fecha en que entró en vigor la cláusula.


Dirección Letrada: José Antonio Ballesteros Garrido.
Banco: Banco Popular.
Producto: Swaps y suelo.
Perfil: particular.
PDF:S_141111_POPULAR_JPI7_GIJON_SWAPySUELO_PART_SIN.pdf

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