CEISS condenado en Asturias por sus participaciones preferentes

El banco vendió preferentes a particulares asegurando que se trataba de un plazo fijo. Los afectados no tienen estudios y son totalmente ajenos al sector financiero. Gracias a la sentencia, podrán recuperar 60.000 € en el primer caso, y 12.000 en el segundo.

El letrado José Antonio Ballesteros ha logrado una doble victoria frente al Banco CEISS (antigua Caja España) por la colocación de preferentes bajo engaño a dos particulares en el Principado de Asturias. Las sentencias, una en Oviedo y otra en Gijón, reconocen el derecho de los perjudicados a recuperar su inversión íntegra. Se fundamentan en la información engañosa que recibieron los afectados previa a la contratación: los empleados de la entidad vendían las preferentes como un producto seguro, «similar a un plazo fijo», pero con una duración algo mayor -nunca superior a cuatro años-.

La primera sentencia, del juzgado de primera instancia número 8 de Oviedo, resuelve el caso de una viuda de avanzada edad, sin estudios, a la que le dijeron que podría recuperar su dinero en dos o tres años. Invirtió 60.000€ en preferentes CEISS, sin afán especultativo, únicamente convencida de que era un producto seguro. En el caso de la segunda sentencia, la del JPI número 2 de Gijón, la inversión fue algo menor (12.000€), pero se trata de un caso similar. Las contratantes eran dos, madre e hija. En la fase precontractual únicamente se informó (y de forma deficiente) a la madre, sin estudios y limpiadora de profesión.

Además, en ambas sentencias se recoge como en ninguno de los casos se realizó de forma correcta el test de conveniencia que impone la normativa MiFID; ni se informó de una forma clara, sencilla y transparente a los contratantes de la auténtica naturaleza de las preferentes. Máxime cuando se trata de un producto complejo y especulativo, para nada adecuado al perfil conservador de los afectados. Por todo ello, entienden las magistrados que incurre la entidad financiera en ambos casos en un vicio del consentimiento, causa que produce la nulidad del contrato. Y por ello, quedan liberados los afectados de seguir cumpliendo el mismo, además de poder recuperar el dinero invertido, que asciende en total a 72.000€.


Banco: CEISS
Producto: Participaciones Preferentes
Perfil: Particular
Dirección letrada: D. José Antonio Ballesteros Garrido

PDF 1: S_140403_BCEISS_JPI8_OVIEDO_PREFERENTES_PART_SIN.pdf
PDF 2: S_140404_BCEISS_JPI2_GIJON_PREFERENTES_PART_SIN.pdf

 

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