El pasado 9 de marzo la Asociación Española de la Banca escribió una carta a la Ministra Salgado en defensa de la actuación de los bancos en el mercado hipotecario (cláusulas suelo, dación de la vivienda y permutas financieras). Asuapedefin ha considerado conveniente escribir a la Ministra para precisar 3 afirmaciones de la AEB que consideramos erróneas por no decir que falsas.
? 09/03/2011, Carta de la AEB a la Ministra Salgado
? 14/03/2011, Carta de ASUAPEDEFIN a la Ministra Salgado
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Estimada Vicepresidenta:

Nos permitimos dirigirnos a Usted para precisar algunas de las afirmaciones que la Asociación Española de Banca realiza en la carta que le ha enviado con fecha 7 de marzo de 2011.
En el tercer párrafo de la misma la Asociación señala que un ejemplo de algunos productos que están siendo criticados o puestos en duda por la opinión pública española son los instrumentos de cobertura del riesgo de interés.
Se afirman 3 cuestiones que nos vemos obligados a precisar:
- que las entidades de crédito están legalmente obligadas a ofrecer a sus clientes. [Ley 36/2003]. Pues si, y a pesar de ello, su comercialización generalizada a consumidores no se produjo hasta 2007, precisamente cuando los tipos estaban altos y no cuando los tipos estaban bajos y los consumidores debían protegerse ante una posible subida tal y como lo expresó el Señor Rato en su comparecencia ante el Congreso de los Diputados en el trámite parlamentario de convalidación del Real Decreto-Ley que introdujo la indicada obligación.
- Que siendo siempre beneficiosos para el consumidor, lo han demostrado especialmente en un escenario de tipos al alza y lo volverían a hacer en un escenario diferente. Desgraciadamente para los consumidores los productos no han sido beneficiosos. El resultado de todas las permutas financieras que conocemos de particulares y pymes son negativos. En muchos casos, los clientes minoristas no han tenido ni una sola liquidación positiva durante la vigencia del contrato. Por ello, esta afirmación nos parece, como poco, temeraria. Así mismo, resulta difícil de creer que en un escenario diferente, es decir, con los tipos altos, los consumidores nos podamos recuperar de las graves pérdidas teniendo una compensación del 0,10 o 0,15 por encima de la barrera.
- pese a haber merecido una consideración positiva por parte del Banco de España están siendo ahora ampliamente cuestionados. Efectivamente, el Banco de España se ha manifestado en reiteradas ocasiones aunque con cambios de criterio que han sido denunciados ante el Defensor del Pueblo dando la razón a los clientes bancarios. En los últimos tiempos, el BdE afirma que muchas de las coberturas comercializadas son coberturas imperfectas que no cubren de los riesgos de la subida de tipos y, por tanto, no cumplen con lo exigido por la Ley 36/2003.
Dicho todo lo anterior, nos parece que la carta que la AEB le dirige, viene dada ante el temor que las numerosas sentencias dictadas a favor de los afectados por permutas financieras de interés se generalice a otros ámbitos como las cláusulas suelo y la dación de la vivienda. Efectivamente, los clientes minoristas (pymes y particulares) que nos hemos visto afectados por la comercialización poco transparente de éstos derivados financieros (SWAPS) hemos acudido a los tribunales de Justicia siguiendo el consejo que Usted misma nos dio (Pleno del Senado el día 3 de noviembre de 2009).
La AEB no le cuenta que ADICAE ha presentado con éxito varias demandas colectivas que obligan a las entidades a entregar los listados de clientes al juez. Así mismo, se olvida de comentarle que AUSBANC ha ganado ya más de 50 sentencias a favor de los consumidores bancarios. Que los clientes minoristas tienen interpuestas cientos de demandas ante la indefensión que les ha supuesto la comercialización de estos productos. Y por supuesto, no le menciona, que una asociación tan joven como la que presido, publica en su página web todas las sentencias (favorables o no) poniendo a disposición de los afectados, sus letrados y los propios jueces la situación de los SWAPS en nuestros tribunales al día.
Los consumidores bancarios no cuestionamos, como dice la AEB, la legalidad de dichos productos. Planteamos a modo resumido dos cuestiones fundamentales: la falta de información precontractual acerca de lo que podía suceder en un entorno de bajadas de tipos de interés y los intrínsecos defectos del contrato con cláusulas oscuras o simplemente vacías de contenido. Las sentencias favorables a los consumidores bancarios no ponen en peligro la seguridad jurídica como afirma la AEB. Sólo se vulnera la seguridad jurídica cuando se ponen en duda situaciones legalmente reconocidas y que generan una confianza legítima en quien las disfruta de que las va a mantener y aún así, no siempre. Es, por tanto, el legislador quien más amenaza la indicada seguridad jurídica con un cambio normativo porque desde el futuro puede intentar cambiar el pasado. Ejemplos muy recientes hay de ello y no nos corresponde a nosotros recordarlo. Por ello, nuestra Constitución y las de todos los miembros de la Unión Europea, reconocen como un principio básico la irretroactividad de las normas que restringen derechos individuales.
Sin embargo, los jueces son los garantes de nuestro Estado de Derecho, su labor no es cambiar las normas para poner en peligro situaciones consolidadas, por lo que no pueden atentar contra la seguridad jurídica. Quién afirma tal cosa, desconoce completamente el funcionamiento de un sistema democrático. La labor de los jueces no es otra que juzgar si los comportamientos, en este caso, de las entidades de crédito han sido o no conforme a Derecho en la comercialización de estos productos.
Si hasta ahora y esperemos que siga siendo así (víd. Sentencias en www.asuapedefin.com, 37 vs 165 favorables a los clientes bancarios), los jueces están resolviendo mayoritariamente en los casos de permutas financieras a favor de los consumidores, es porque, tal vez, las entidades de crédito no cumplieron en su día con sus obligaciones de información. Es el pasado sobre lo que resuelven los jueces y el pasado está al margen de cualquier intervención por parte del legislador.
Por eso, desde ASUAPEDEFIN le pedimos que mantenga la neutralidad y el pleno respeto a las decisiones judiciales sin interferir en la labor de jueces y magistrados y segundo, que regule, en ejercicio de la habilitación reglamentaria que le otorga el artículo 48.2 de la Ley 26/1988, de Entidades de Crédito, los requisitos de comercialización a los consumidores de la permutas financieras. Si este desarrollo reglamentario hubiera existido en 2007 o 2008, entidades de crédito y clientes nos hubiéramos ahorrado buena parte de la actual litigiosidad.
Atentamente,
Patricia Suárez Ramírez
Presidenta de ASUAPEDEFIN
14 respuestas
Este Gobierno que negocia con terroristas está muy acostumbrado a tratar con gente como los de la AEB, de hecho, el Presidente de la AEB estuvo en el Banco de España.
Contigo no hablaran de nada ni esperes neutralidad alguna. Son los mismos que han rescatado a los ricos con la sangre de pobres y trabajadores.
Lo siento Patricia pero tú perfil es el de una persona buena incapaz de meter la misma puñalada que te metieron a ti con el clip. Puedes escribir las cartas que quieras que a ti no te escucharan porque estos solo oyen cuando les molesta el ruido de las bombas.
nose si ganare o perdere pero desde el 2008 tengo una pequeña depresion pensando como los banqueros pueden engañar a todos los que necesitamos dinero llevava trabajando 25 añ0s con el banco santander firmando polizas avales y por ultimo un swap engañoso valencia
Pues volemos los bancos.
No es nuestro interés generar una corriente contra los bancos. Nosotros defendemos los intereses de los clientes bancarios y abogamos porque las entidades financieras respeten sus derechos. Los bancos tienen sentido en nuestra economía, pero no tienen por qué gobernarnos.
Creo que has entendido mal mi comentario. Yo estoy absolutamente en contra de la violencia sea por la razón que sea
GRACIAS por estar ahí.
La carta correcta , aunque creo que le falta el dramatismo que realmente tiene la situacion, los cientos de miles de perjudicados muchos de ellos en la ruina por las practicas de mla banca en la colocacion de los SWAP
Espino, te invito a que envíes tu propia carta, cuántos más seamos, mejor!
No se puede decir más claro!
Impecable respuesta Patricia. Alabo todo su texto y especialmente su oportunidad.
Un abrazo
Las aclaraciones planteadas en relación a los instrumentos de cobertura del riesgo de interés son necesarias y oportunas porque nos avalan las decisiones judiciales que se estan produciendo y que el legislador debe respetar en aplicación de nuestro Estado de Derecho.
Gracias por estar ahí y por la pronta respuesta a la carta de este ventajista.
El contenido muy acertado y se dicen verdades como templos.
Lo que sucede es que los bancos no están acostumbrados a tener Sentencias desfavorables de todo rango y en diversos frentes, y creo yo que empieza a tocarles la moral, porque cuando un Banco tiene una Sentencia que te obliga a devolver 30.000 euros (p.ej), pues paciencia, pero si son 20, 30 y las que están por llegar eso ya es otra historia.
Los Bancos abusaron de mucha gente y ahora lo pagan, así de sencillo.
Muy acertada la carta.
Lo que no creo es que la señora Ministra hago mucho caso, ya que las entidades bancarias les dan de ‘comer’.
Rezemos para que los Jueces sigan dándonos la razón como establece la LEY.
Esta carta enviada por «LOS BANQUEROS» es, una vez mas ,una velada amenaza; …que no se nos perjudique porque es peor para todos, inseguridad juridica, perjuicio economico generalizado, repercusiones en el credito y la solvencia, y….tal, tal y tal. Un nuevo chantaje, como el que llevo a apoyar al sistema financiero con dinero y avales de TODOS LOS ESPAÑOLES con la cantinela de que habia que salvar «el sistema» (el mundo entero ha aceptado este chantaje ). ¿ Quiere ello decir que los banqueros pueden hacer lo que les viene en gana, engañar-ocultar-y hasta estafar, por que al final «nadie se atreve con ellos», claro porque creen y hacen creer que todo depende de ellos. Suena a la amenaza de LA MAFIA. Si se analiza con cuidado el texto y el sentido- y la fecha( mayo de 2006 )- de la carta que remitieron la ASOCICION DE INSPECTORES del B. DE ESPAÑA al vicepresidente economico del gobierno y se reflexiona un poco de lo que pudo acontecer antes de que este cuerpo de inspectores tomase la seria- y arriesgada – decision de redactarla, en los graves terminos que lo hace, y enviarla saltandose el «tramite ordinario, el escalafon» y a sus superiores, uno puede facilmente sacar varias CONCLUSIONES ; 1/ desde al menos el ultimo semestre de 2005, los inspectores venian anticipando, considerando y advirtiendo de «…la delicada situacion…el riesgo latente en el sistema financiero español…crecimiento desordenado del credito»…etc. Y es mas que probable que asi se lo hicieran saber a sus inmediatos superiores y a la cúpula de las entidades financieras. 2/ como nadie tenia interes en «acabar con la fiesta» ni perder sus bonnus, no se cambio un ápice la forma de proceder y, tampoco, de advertir de la situacion y prefirieron ignorar «…las previsibles consecuencias que, para una parte del sistema economico y para un numero considerable de familias, podria tener una posible evolucion adversa del entorno economico»( lo entrecomillado es literal del informe de los inspectores ). Pero sí se dieron cuenta de forma «interna» de que la crisis se avecinaba y los tipos de interes, tarde o temprano, se desplomarian. 3/ … entonces, para protegerse ELLOS crearon los mal llamados «seguros de tipos de interes»; los swaps que , lejos de proteger a sus clientes, en realidad protegian a las entidades financieras de la futura caida de tipos y les permitia no solo mantener los margenes sino incrementarlos. LOS SWAPS, CLIPS, INTERCAMBIOS O COMO QUIERAN QUE LOS HAYAN LLAMADO, SE IDEARON PARA PROTEGER A LOS BANCOS Y CAJAS, Y TODOS SE FORMALIZARON CUANDO YA SABIAN QUE LA CRISIS- PROPICIADA POR EL ESTALLIDO DE LA BURBUJA INMOBILIARIA&FINANCIERA QUE ELLOS MISMOS HABIAN INFLADO,- IBA A PROVOCAR A MEDIO PLAZO LA RAPIDA Y «BRUTAL» CAIDA DE LOS TIPOS DE INTERES( de 5,5 a 1% en 12 meses ). Esto es utilizar informacion privilegiada, ocultar informacion, con el fin ultimo de lucro; es decir ESTAFA conforme esta definido por el diccionario y nuestro Codigo Civil.