Una vez más el JM nr. 2 de Bilbao declara nulo un contrato de permuta de tipos de interes a favor de una pyme en proceso concursal. El pasado marzo, tal y como informó ASUAPEDEFIN, declaró nulo un contrato ‘swap’ del Santander.
El pasado 30 de junio de dos mil diez, Aner Uriarte Codón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao, dictó sentencia desestimado la demanda presentada por el BBVA en la que se pretendía cobrar un swap contratado por una pequeña constructora en proceso concursal. No era la primera vez que el juez trataba un caso de la colocación de un producto financiero complejo como un seguro, el magistrado ya habia anulado un swap del Santander en marzo del año pasado tal y como señalamos en nuestro blog en su momento. Pero no es la única coincidencia, la defensa de ambas pymes contra el Santader primero y el BBVA después, la llevaron a cabo Carmelo Renobales y Juan Carlos Castro del despacho Renobales, Mariscal, Castresana & Asociados S.L. de Bilbao.
La pyme, una pequeña empresa de reformas, concertó el 29 de enero de 2.008 por teléfono un contrato de cobertura de tipos de interés (El BBVA aportó como prueba la trascripción de la conversación telefónica), firmando posteriormente la confirmación de permuta financiera el 6 de febrero de 2.008 en la oficina bancaria. El juez considera que a la firma de la confirmación en la oficina «se incluyen, además de los conceptos referidos por teléfono, otros muchos a los que no se había hecho mención» puesto que en la misma se hace referencia a un CMOF que no se firmó y que solamente se menciona que se puede consultar en la web de la AEB (Asociación Española de la Banca). Así mismo, el magistrado considera como probado que «nos encontramos ante un contrato que el banco define como de cobertura de tipos de interés, que es vendido como un seguro que el cliente contrata para prevenir los riesgos para el desarrollo de su actividad» además de que «el contrato, inicialmente sencillo, se va tornando complejo a medida que se van introduciendo nuevos elementos. Así, la confirmación escrita recoge extremos de importancia no mencionados en la contratación inicial [telefónica]; y un contrato marco y sus anexos (nunca aceptados), transforman la operación en cuestión con cláusulas complejas y exhaustivas…»
Las liquidaciones positivas que recibió la pyme desde el 30 de abril de 2.008 hasta el 30 de enero de 2.009 sumaron 1484,24, sin embargo, las negativas un total de 9115,24 sin que el BBVA haya hecho referencia en ningún momento a los cálculos utilizados.
El juez concluye que «el resultado es que, donde se vendía una especie de seguro con una información ciertamente parca, se convierte en un producto bancario de alto riesgo, de complejo entendimiento, que con la bajada de tipos de interés del mercado mundial, supone la generación de una serie de pérdidas de importancia para el cliente con una tendencia ascendente. (…) Toda esta reflexión nos lleva a concluir, sin género de dudas, que ha existido un claro vicio de consentimiento por causa de error en el objeto.»
Y por si fuera poco vuelve a incidir en que «se trata de un contrato complejo y difícil de analizar, con cláusulas oscuras, que van deslizando fórmulas incompresibles para el empresario medio (que debe entenderse como aquel que no se dedica a los mercados de inversión), que generan además un desequilibrio de las prestaciones (en cuanto que el banco es quien, al final, determina la cancelación anticipada y el cálculo de la cantidad a pagar según el sistema por él ideado, con cláusulas indeterminadas que él interpreta).»
El juez procede, por tanto a desestimar la demanda principal presentada por el BBVA y estimar la reconvención declarando la nulidad del contrato.
Esta sentencia nos ha sido remitida por Alfonso Berral al que le agradecemos su colaboración. Así mismo, Asuapedefin ha hablado con Carmelo Renobales del despacho Renobales, Mariscal, Castresana & Asociados S.L. que nos ha confirmado que tiene más casos dde afectados por permutas financieras que estamos seguros que llevará a buen término como hasta ahora ha sido.
? descargar sentencia BBVA.- 30/06/2010, JM nr. 2 Bilbao
11 respuestas
Genial!!!! Otro más al bote!!!!
Una vez mas recibimos inmejorables noticias de sentencias sensatas y justas.
Este septiembre despiertamos día a día con el resultado del esfuerzo de Asuapedefin.
Daludos,
M.L.M.
BIEN, OTRO MAS ………………. Y NO SE APEN DEL BURRO…………ESTE PAIS EN INCREIBLE
Felicidades. ¡¡¡
GRACIAS. ENHORABUENA.
YO ESTOY CON CUATRO DEMANDAS CONTRA CAJA DE SABADELL Y CAJA PÈNEDES. OS DIRE EL RESULTADO.
ANIMOS.
gracias Manuel, esperamos esas sentencias!
Otra, otra, otra, para cuando los bancos empezarán a dar marchar atrás….?
Enhorabuena, yo tengo dos demandas contra el BBVA en Valencia, pero de momento están suspendidos los procedimientos al haber planteado el BBVA excepción declinatoria por falta de jurisdicción al existir cláusula arbitral.
Uno de los Juzgados ha estimado de momento la excepción y ahora tengo que anunciar la apelación, mientras que el otro está pendiente de resolverse.
Tenéis alguna Sentencia que desestime la excepción de falta de jurisdicción en SWAPS del BBVA??
Gracias y enhorabuena.
En la web tienes 2 Autos a este respecto:
http://asufin.com/2010/05/25/bbva-arbitraje1/
http://asufin.com/2010/07/09/bbva-arbitraje2/
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YA HAY SENTENCIA DENEGANDO LA AUSENCIA DE JURISDICCION DE LOS JUZGADO EN FAVOR DE LA JUNTA ARBITRAL.QUE DICE EL CONTRATO. NADIE PUEDE RENUNCIAR EN LA LETRA PEQUEÑA A IR A UN JUZGADO.
WONDER LA TIENE SEGURO.
alucinante, otra más, otro subidón añadido a los que llevamos…creo q cada vez falta menos para colgar la mia. Lo que es demencial, es la política de las entidades bancarias…siguen como don erre que erre. Allá ellos.