Barclays condenado por preferentes y autocancelables

La Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 70 de Madrid del pasado 28 de enero, ha condenado a Barclays a la devolución de los importes invertidos, menos los rendimientos más los intereses, en una demanda colectiva defendida por Jordi Ruiz de Villa (Jausas) y Fernando Zunzunegui (Zunzunegui Abogados).

Esta sentencia ratifica el criterio sentado por la de 4 de Abril de 2012 (defendida por los mismos Letrados) en la que por primera vez, el Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Barcelona condenó a Bankpyme, (entidad cuyo negocio fue adquirido recientemente por La Caixa) a pagar a sus clientes más de 2M-€ por resolución del contrato de intermediación asesorada en la colocación de participaciones preferentes de Lehman y Bancos Islandeses.

Hay dos novedades remarcables en la sentencia que se acaba de conocer:

  1. Una es que resuelve (que no anula) los contratos por el incumplimiento por parte del Banco de sus obligaciones de diligencia, lealtad e información en la intermediación asesorada de participaciones preferentes. Ante las dudas sembradas por la recientes Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de Noviembre de 2012 sobre la prosperabilidad de las acciones de anulación por vicio del consentimiento, la resolución por incumplimiento de obligaciones profesionales pasa a ser el mecanismo más ajustado para obtener la integra indemnización de los inversores, planteamiento en el que Jausas y Zunzunegui fueron pioneros.
  2. La segunda es que aplica los mismos criterios a los productos autocancelables, esto es productos estructurados cuya rentabilidad (y en ocasiones devolución del capital) depende de la oscilación de determinadas acciones (denominadas subyacentes)

“La banca comercializó productos autocancelables por importe de miles de millones de euros sin advertir a los clientes de los riesgos de los subyacentes, incluso en casos de alta volatilidad, cuando los directivos de la compañías subyacentes habían advertido de la existencia de riesgos sustanciales, o cuando las recomendaciones de los expertos era desprenderse de esas acciones” relata Jordi Ruiz de Villa del despacho Jausas.

Fernando Zunzunegui, presidente de Zunzunegui Abogados, se muestra especialmente satisfecho al considerar que “en la sentencia, además, se reconoce nuevamente que la colocación de preferentes y autocancelables ha tenido lugar mediante una intermediación asesorada, en la que debiera haber primado el buen asesoramiento sobre el interés del banco en colocar el producto”.


Dirección Letrada: Jordi Ruiz de Villa + Fernando Zunzunegui
Entidad: Barclays
Productos: Preferentes Lehman Brothers, Bono Autocancelable BBVA Telefónica, Bono Autocancelable Acciones a 3 años.
PDF: S_130128_BARCLAYS_JPI70_MADRID_PREFERENTES_CONVERTIBLES_4PART_SIN.pdf

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