Bankinter condenado en Pamplona, Oviedo, Almería y Valencia

Los juzgados siguen condenando a Bankinter por colocar SWAPS desinformando a sus clientes, ya fueran particulares, pymes o sociedades anónimas.

2 sentencias desde Pamplona

La abogada y auditora de cuentas Anahí Gómez de Cia nos envía 2 sentencias contra Bankinter defendidas en la capital de Navarra.
El Juzgado de Primera Instancia nr. 7 de Pamplona condena a Bankinter a devolverle a un particular 4.736,46€ más los intereses legales y las costas procesales por haberle colocado un CLIP en abril de 2006. La magistrada considera que la cláusula de cancelación es oscura lo que impidió que el particular fuera consciente del riesgo inherente al contrato.

Interesante es también la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nr. 2 Pamplona por ser el afectado una sociedad anónima. Tal y como nos informa Anahí Gómez de Cia, el juez ha interpretado que la empresa es consumidor aunque sea una sociedad anónima porque su objeto social es diferente al del Banco. Así mismo, entiende que la clausula de cancelación es nula y ordena que se vuelvan atrás todas las operaciones desde la fecha en que por email, la empresa solicito cancelar el producto, aunque no se produjo tal cancelación por no pagar el importe que el Banco solicitaba y se continuó pagando todas las cuotas hasta la finalización del mismo, un total de 39.240,93 €.

Sentencias favorables a Sociedades Anónimas

No es la primera vez que un juez da la razón a una Sociedad Anónima, añadimos 2 sentencias más contra Bankinter aunque no son de Pamplona. Por un lado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nr. 3 Huércal Overa, aportada por ESPACIO LEGAL, una sentencia difícil porque el juez da la razón al banco en cuestiones con las que no podemos estar de acuerdo. Sin embargo, considera la cláusula de cancelación oscura por lo que ordena retrotraer las cantidades a la fecha de la primera solicitud de cancelación.
Por otro lado, una sentencia más de la sección 4ª de la Audiencia Provincial de Oviedo, también a favor de una Sociedad Anónima que había ganado en primera instancia en el JPI 7 de Avilés. La S.A. tenía un Clip Bankinter actualizado 06 3.3, con un nocional de 1.000.000 euros. La Audiencia Provincial de Oviedo, conocedora de las artimañas de Bankinter que, para retrasar el pago a su cliente, está anunciando recurso de casación al Tribunal Supremo, por lo que se cura en salud con el siguiente párrafo:

La presente sentencia es firme, al haberse dictado en un Juicio Ordinario del artículo 249.2 de la LEC y ser de cuantía inferior a 150.000 #, al haber quedado fijada en la demanda en 57.484’16 euros, suma recogida en el Auto de admisión a trámite de 25 de marzo de 2.010, y no ser esa suma controvertida por la parte demandada.

Otra sentencia más desde Valencia

Y finalmente, Valencia sigue condenando a las entidades financieras. En este caso se trata del caso de una Sociedad Limitada que había firmado un CLIP con un nominal de 1.400.000€ por el que Bankinter le estaba pasando liquidaciones que sumaban ya más de 7.000€ y se le pedía más de 40.000€ para cancelar. La pyme ha sido defendida por Gonzalo Tormo Santonja del despacho Tormo Valldecabres.

Son ya 78 sentencias contra Bankinter, 18 de ellas de Audiencia Provincial.
Un total de 232 sentencias contra las entidades bancarias, 34 de ellas de Audiencia Provincial.

? BANKINTER.- 05/05/2011, JPI nr. 7 Pamplona (particular)
? BANKINTER.- 14/04/2011, JPI nr. 2 Pamplona (S.A.)
? BANKINTER.- 20/09/2010, JPI 7, Avilés, confirmada el 22/02/2011 por la AP 4 de Oviedo (S.A.)
? BANKINTER.- 27/04/2011, JPIeI 3 Huércal Overa (S.A.)
? BANKINTER.- 03/05/2011, JPI 27 Valencia (pyme)

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3 comentarios

  1. JORGE ALVAREZ DE LINERA PRADO dice:

    Sobre los Anuncios de Casación. Siento ser realista -y eso que soy optimista normalmente-, pero, desgraciadamente, aunque la Sentencia de la Secc 4ª de la A.P. de Oviedo haya inluido esa coletilla en el fallo, ello no impide que el Banco, anuncie Recurso de Casación e, inadmitido éste, formule reposición y queja al Supremo. Recientemente, la misma Secc. 4ª, «me» resolvió negativamente el anuncio de Casación del Banco Sabadell -con la misma redacción que la que figura en este fallo-. No obstante, ha sido admitida la queja al Supremo….y ya veremos lo que resuelven.

    Como sabéis, a la fecha hay dos «corrientes» dentro del propio Alto Tribunal. Esperemos que, para bien o para mal, unifiquen el criterio. En este sentido entiendo que, dada la gran cantidad de Sentencias de Juzgados y Audiencias (algunas firmes), no va a resultar fácil que las presiones que -me consta- está sufriendo el Supremo puedan llegar a traducirse en una reocación generalizada de las Sentencias de Audiencias (para que nos entendamos: no sería normal que 3 -o 6- Magistrados interpreten la norma de forma muy diferente a lo que lo han hechos cientos de Compañeros en Audiencias y Juzgados. No se entendería)

    Por otra parte, si os puedo confirmar que, al menos en Asturias -que yo sepa-, el Banco Popular nunca ha recurrido en Casación. Así me lo confirmó hace pocos días el Letrado que habitualmente se ocupa de la defensa del Banco.

    1. a mi empresa el banco de santander nos querian dar un prastamo hipotecario com todos mis vienes para cancelar el engaño que me hicieron al año me entere de lo que decian que les debia 73000 euros del primer año que les firme un swaps de infracion y que hera para 5 años y cancelarlo su ponia un pago de 500.000 euros espero que la justicia se de cuenta de los engaños que hacen los banqueros y cuando lo firmamos luego se presentan a querer espricarlo lo que nos an dado a firmar a canbio de decirnos que sino firmas no te renueban la poliza.valencia

  2. es precioso ver como la justicia pone a la banca en su sitio,por sus malas practicas y no asi el banco españa(mafo)con sus resoluciones a las reclamaciones,siendo esta entidad la que tiene que aplicar las normas de comportamiento que ya existen regulada.españa tiene que cambiar en sus controles a la banca.

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