Bankinter aseguró que el swap suscrito por dos miembros de Asuapedefin no tenía coste de cancelación

Dos asociados han conseguido la nulidad de un contrato de Intercambio de Tipos/ Cuotas suscrito con Bankinter durante 2006. Los demandantes adquirieron el producto como un seguro frente a la subida de los tipos de interés.

El Juzgado de Primera Instancia número 67 de Madrid ha condenado a la entidad debido a que comercializó la permuta financiera de tipos de interés asegurando que no tenía coste de cancelación. Los clientes firmaron bajo error y vicio en el consentimiento.

Los afectados, un matrimonio negociaron la contratación después de recibir publicidad sobre el producto. Durante la contratación no se hicieron simulaciones, ni test de conveniencia, pero los clientes sí conocían la posibilidad de que el producto generara liquidaciones negativas. Por ello, insistieron en la posibilidad de poder cancelar el producto antes del tiempo pactado sin ningún coste, cosa que afirmó Bankinter.

Bankinter ha insistido en que los clientes tenían experiencia en productos complejos, ya que tenían alguna inversión en bolsa. El juez ha estimado que la entidad debió realizar los test que exige la Ley del Mercado de Valores, ya que el tener inversiones en productos de riesgo, asesoradas por el banco, no implica que los usuarios tuvieran conocimiento del funcionamiento del swap.

Durante el periodo contratado, el producto no produjo ninguna liquidación a favor de los afectados, pero no fue hasta un año después cuando el IRS comenzó a ejecutar liquidaciones negativas por una alta cuantía.

Finalmente, en 2009, los clientes decidieron cancelar anticipadamente el producto. Fue entonces cuando Bankinter les comunicó que el coste de cancelación anticipada era de 1.000 euros.

Como durante la contratación se negó la existencia de gastos por cancelación, los demandantes decidieron presentar una queja al Banco de España.

El Banco de España, al igual que esta sentencia, dio la razón a los clientes: Bankinter había vulnerado las buenas prácticas bancarias y las normas de transparencia; sobre todo teniendo en cuenta el oscurantismo e inexactitud que poseía el clausulado de cancelación anticipada, cuyo contenido alegaba a “las condiciones del mercado” a la hora de calcular los costes.


Dirección Letrada: Patricia Gabeiras.
Banco: Bankinter.
Producto: Intercambio.
Perfil: Particular.
PDF: S_130729_BANKINTER_JPI67_MADRID_ASUAPEDEFIN_INTER_PART_SIN.pdf

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