ACCIONES BANKIA: La entidad obligada a devolver más de 10.000 euros por acciones emitidas en la OPS

  • La entidad daba información económica y financiera a sus clientes que distaba mucho de la realidad

  • Ha sido condenada a devolver el total del dinero invertido y los intereses legales aplicables a cada caso

El juzgado número 3 de Guadalajara ha dado la razón a clientes del letrado Christian Salata en su litigio contra la entidad bancaria. La jueza, ha recogido en su auto que la información económica y financiera que proporcionaba Bankia a sus suscriptores a la hora de emitir acciones en el año 2011 distaba mucho de la realidad a la que tenían que acogerse los clientes al iniciar el proceso. En total, la entidad bancaria ha sido condenada a devolver el importe invertido, en este caso 5.000 euros, amén de los intereses legales desde la fecha de la contratación.

Paralelamente, el juzgado número 4 de Alcalá de Henares ha dado la razón al demandante contra Bankia por diferir mucho la realidad de lo que prometía en sus contratos económica y financieramente. Así reza la sentencia: “cabe concluir que la parte demandada no cumplió el estándar de diligencia, buena fe e información completa, clara y precisa que le era exigible”. Bankia, ha sido condenada a devolver los 5.000 euros invertidos por el demandante y los intereses legales desde la fecha de contratación del producto.


Dirección letrada: Christian Salata
Banco: Bankia
Producto: Nulidad de acciones
Perfil: Minorista
PDF: S_150313_BANKIA_JPI4_ALCALADEHENARES_ACCIONESBANKIA_PART_SIN 

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