Dos Juzgados de Santa Cruz de Tenerife y uno de Villena (Alicante) han condenado al Santander por la venta de tres swaps a pequeñas empresas. Los productos fueron ofrecidos por iniciativa propia del Banco.

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santa Cruz de Tenerife ha declarado la nulidad de un contrato de permuta financiera de tipos de interés que el Banco Santander le vendió a una pequeña empresa dedicada a la medicina oftalmológica.

Después de solicitar un préstamo, los comerciales de la entidad financiera le ofrecieron firmar un producto al cliente con el que “estabilizaría los gastos de la empresa ante la subida de la inflación”. El cliente, basándose en la relación de confianza que mantenía con el banco-según recoge la sentencia- accedió a firmar el producto. Un año después, en 2009, éste registró unas pérdidas que superaban los 4.000 euros. Inmediatamente el administrador de la pyme quiso cancelar el producto en vista de que lo que había firmado no se correspondía con la explicación que le habían dado. Al acudir al Banco Santander, los empleados le dijeron que el coste de cancelación anticipada ascendía a 90.365 euros.

La sentencia hace hincapié en que los swaps son productos complejos “que requieren de una especial labor de información por parte de las entidades bancarias, para asegurarse de que el cliente comprende su contenido y verdadero alcance”. Continúa la magistrada, “esta información debe resaltar el riesgo patrimonial del producto”. Por ejemplo en este caso, la entidad bancaria debió explicar concretamente los riesgos que podían producirse ante un escenario de bajada de los tipos.

El cliente por su parte, de perfil minorista, no tiene ningún conocimiento en materia financiera y económica. Por tanto, la entidad crediticia debió asesorarle adecuadamente cerciorándose de que éste tomaba una decisión con conocimiento de causa. Banco Santander incumplió la Ley General del Mercado de Valores así como la Directiva MIFID, y tendrá que restituir a su cliente las cantidades resultantes del contrato.

También en Santa Cruz de Tenerife, el Juzgado de Primera Instancia número 9 ha declarado nulo un contrato swap que el Santander le vendió a otra pequeña empresa siendo ésta un estudio de Arquitectura.

La sentencia recuerda que según el art. 78 de la Ley del Mercado de Valores, así como según la clasificación de la normativa MIFID, se trata de un cliente minorista.
El magistrado explica además que “el modus operandi del banco consistió en aprovecharse de la confianza del cliente, para colocarle el swap haciéndole creer que se trataba de un seguro que le protegería de la subida de los tipos”.

No quedó acreditado que la entidad financiera proporcionara a su cliente la información necesaria sobre el instrumento antes de firmar el contrato.  El magistrado afirma que “se hicieron prevalecer los intereses bancarios frente a los de su cliente” vulnerando por completo las Normas de Actuación en los Mercados de Valores.

Y en la provincia de Alicante, el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Villena ha declarado nulo también otro contrato swap que el Banco Santander firmó con otra pequeña empresa.

Cabe destacar que fue la entidad financiera quien en un principio interpuso la demanda de su cliente al ver que éste no abonaba las cantidades exigidas por el Banco. El cliente fue entonces quien promovió la reconvención de la demanda.

El magistrado considera que el producto comercializado no tenía la finalidad de proteger al cliente, tal y como expresó la entidad financiera, sino protegerse a ella misma y obtener beneficios en un escenario de bajada de los tipos. Un escenario que dice el juez, el Banco podía si no prever, sí barajar. Sin embargo, no advirtió a su cliente en la información precontractual, y le instó a contratar un instrumento financiero que le perjudicó notablemente.

El juez emitió su fallo en favor de la pequeña empresa y ahora Banco Santander tendrá que devolver a su cliente la suma de 97.404 euros.


Dirección Letrada: Natalia-Dara Rodríguez de la Vallina
Banco: Banco Santander
Perito: Bernardo García Pertierra
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_120511_SANTANDER_JPI6_SANTACRUZDETENERIFE_pyme_SIN.pdf


Dirección Letrada: Carlos Gómez Sirvent y Natalia-Dara Rodríguez de la Vallina
Perito: Bernardo García Pertierra
Banco: Banco Santander
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_120425_SANTANDER_JPI9_SANTACRUZDETENERIFE_pyme_SIN.pdf


Dirección Letrada: Francisco Valiente Navarro
Banco: Banco Santander
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_120427_SANTANDER_JPI3_VILLENA_PYME_SIN.pdf

 

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

Artículos Relacionados