Banco Sabadell deberá pagar por un bono estructurado más de 127.000 euros

  • La Audiencia Provincial de Castellón confirma la sentencia del juzgado de primera instancia anulando un producto estructurado de más de 127.000 euros

  • Se destaca la falta de información proporcionada por la entidad

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Castellón confirma lo ya sentenciado por el Juzgado de Primera Instancia nr.5 de Castellón. Banco Sabadell es condenado a pagar 127.695 euros a un cliente que no tenía ningún tipo de conocimiento financiero por la venta de un bono estructurado. Además, se declara la nulidad de las órdenes de compra suscritas entre la entidad demandada y los actores en 2007, las cuales quedan sin efecto.

Los afectados alegaron que se debía declarar la nulidad por vicio del consentimiento basado en el error llevado a cabo por Banco Sabadell en su obligación de informar a los clientes conforme a la normativa protectora de los usuarios bancarios. Por tanto, los 127.695 euros vienen por la cantidad total invertida por el cliente de 99.534 euros más el interés legal abonado desde la inversión.

Los bonos estructurados litigiosos se configuran como productos de inversión complejos y de gran elevado riesgo. Por su posibilidad de sufrir pérdidas el bono debe considerase como un producto de riesgo elevado.

La parte afectada ejecutó la acción de nulidad, subsidiaria de resolución por incumplimiento contractual derivado de la falta de la falta de información en la compra, sí como la indemnización de daños y perjuicios de la compra de bonos estructurados suscritos mediante la orden de compra que pactaron las partes en septiembre de 2007.

Debido al carácter complejo del producto según la legislación pertinente se debe proclamar el deber de las entidades financieras de informar, actuar con claridad, imparcialidad y de no caer en prácticas engañosas. Banco Sabadell tenía la obligación de realizar un comportamiento de máxima diligencia y transparencia en la información sobre los productos financieros complejos a comercializar y sus riesgos, de forma especial a los minoristas, como es éste el caso. El fin es que tengan la suficiente información para decidir sobre la adquisición del producto, solicitando información sobre su idoneidad, así como el deber de mantenerlos informados siempre adecuadamente. No existe ninguna prueba de que Banco Sabadell le informara a los afectados con claridad de la posibilidad de perder una importante parte de su capital invertido.

Las costas del juicio deberá pagarlas la entidad.


Dirección Letrada: Juanjo Ortega García
Perito: Nuria García Pascual y Miguel Gálvez Hernández
Banco: Sabadell
Producto: Estructurado
Perfil: Minorista
PDF: S_150323_BSABADELL_AP3_CASTELLON_CONFIRMA_JPI5_CASTELLON_150728_ESTRUCTURADO_SIN

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