ASUFIN apoya que la UE aclare los criterios de la ganadería sostenible

ASUFIN apoya que la UE establezca que la taxonomía (conjunto de criterios para acreditar una determinada condición, como la de la sostenibilidad) del sector ganadero sea mucho más transparente y exigente

ASUFIN, junto con otras 35 asociaciones, solicitan que, a la hora de redactar el nuevo Acto Delegado de Taxonomía sobre la agricultura, se replantee el enfoque de la Comisión sobre la ganadería. El primer Acto Delegado, del que finalmente se eliminó la agricultura, reconocía la ganadería industrial como una actividad económica sostenible, siempre que se adopten buenas medidas de gestión del estiércol.

No estamos en contra de la cría de animales en sí misma. Consideramos que cuando los animales se crían en sistemas ecológicos, agroecológicos o integrados de cultivo y ganadería, o en praderas permanentes bien gestionadas, pueden contribuir a varios de los objetivos medioambientales del Reglamento sobre Taxonomía y no perjudican significativamente a ninguno de ellos. De hecho, la
Estrategia de Biodiversidad de la UE de la Comisión reconoce estas prácticas como sostenibles.

Sin embargo, la producción ganadera industrial causa importantes daños medioambientales. Reconocer la producción ganadera industrial como una actividad medioambientalmente sostenible en un nuevo acto delegado estaría en contradicción con las abrumadoras pruebas científicas medioambientales y socavaría el Green Deal de la UE y las estrategias de biodiversidad y de la granja a la mesa de la UE.

La producción ganadera industrial no es sostenible desde el punto de vista medioambiental por las siguientes razones:

1. Daños derivados del uso de cereales y soja como alimento para el ganado industrial: 

El proyecto de Ley Delegada (DA) incluía algunas disposiciones útiles sobre el uso de pastizales para la cría de ganado. También abordaba la producción de cultivos en las explotaciones ganaderas. Sin embargo, la mayoría de las explotaciones ganaderas industriales no producen cultivos. Los cereales (trigo, cebada, avena y maíz-)que se utilizan para alimentar a los animales suelen cultivarse, no en la explotación ganadera, sino en explotaciones agrícolas completamente separadas.
La producción de cereales para piensos se realiza en su mayoría de forma intensiva, en monocultivos, con abundante uso de agroquímicos. Esto provoca la degradación del suelo, la pérdida de biodiversidad, el uso excesivo y la contaminación del agua, así como la contaminación del aire. De este modo, se produce un daño significativo a tres de los objetivos medioambientales del Reglamento sobre la Taxonomía. Estos perjuicios previos fueron ignorados en gran medida por el proyecto inicial de DA, lo que dio lugar a que las explotaciones ganaderas industriales se presentaran como sostenibles.

Cows in farm

Además, la UE depende de la importación de enormes cantidades de soja para la alimentación animal, utilizada sobre todo en los sectores industriales del cerdo y las aves de corral, así como en las
explotaciones lecheras intensivas. Esto contribuye a varios daños ambientales, entre ellos la deforestación en Sudamérica, que conduce a la pérdida de biodiversidad y a un aumento significativo de las emisiones de carbono, en contradicción directa con dos de los objetivos ambientales del Reglamentom sobre Taxonomía. El proyecto inicial de DA exigía que la soja estuviera «certificada por un organismo reconocido». Sin embargo, la mayoría de los sistemas de certificación de la soja no han demostrado ser eficaces para evitar la deforestación hasta ahora.

2. La contaminación del aire:

La cría de animales, especialmente la producción industrial de ganado, es una fuente importante de amoníaco, que proviene tanto de la producción de estiércol en las granjas como de los fertilizantes utilizados para el cultivo de piensos. La producción intensiva de cerdos y aves de corral libera importantes emisiones de amoníaco, metano y dióxido de azufre, así como otros contaminantes que pueden tener efectos nocivos para la salud. Las investigaciones realizadas en Italia demuestran que la ganadería (industrial) es la segunda fuente más importante de contaminación por partículas finas.

3. Contaminación del agua:

La producción de piensos para la ganadería industrial consume enormes cantidades de fertilizantes nitrogenados. Sin embargo, sólo entre el 30 y el 60% de este nitrógeno es absorbido por los cultivos forrajeros. Los cerdos y las aves de corral asimilan menos de la mitad del nitrógeno de sus piensos; la mayor parte se excreta en su estiércol. El nitrógeno no absorbido se escurre o se lixivia y contamina ríos, lagos, aguas subterráneas y ecosistemas marinos. La Evaluación Europea del Nitrógeno ha calculado que la contaminación por nitrógeno cuesta a Europa entre 70 y 320 mil millones de euros al año.

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4. Biodiversidad:

El apartado sobre biodiversidad del borrador inicial de la DA sólo contemplaba las tierras de alto valor natural y de alta biodiversidad. Sin embargo, los perjuicios derivados de la producción de cereales para piensos no se limitan a la biodiversidad de estas tierras especiales, ya que casi dos tercios de las tierras de cultivo de la UE se cultivan de forma intensiva para suministrar piensos. La pérdida de polinizadores, por ejemplo, se produce en gran parte de las tierras agrícolas de la UE, no sólo en las de alto valor natural.

5. Economía circular:

El proyecto inicial de la DA afirmaba que el impacto de la ganadería en la transición hacia una economía circular es «inaplicable». Sin embargo, la producción animal industrial es un sistema intrínsecamente lineal que altera por completo el ciclo del nitrógeno y provoca la contaminación del agua y del aire, mientras que los sistemas de ganadería orgánica, agroecológica, integrada o extensiva pueden ser realmente circulares. A través de los criterios de No Hacer Daño Significativo, la sección de la DA sobre la economía circular debe establecer los requisitos mínimos para garantizar una transición hacia la circularidad en la ganadería.

6. La producción ganadera industrial no es una actividad «transitoria»:

El proyecto inicial de la DA reconocía la producción ganadera como una actividad transitoria en virtud del artículo 10.2 del Reglamento, que establece que una actividad «sustancialmente a la mitigación del cambio climático cuando apoye la transición a una economía neutra desde el punto de vista climático, en consonancia con una senda que limite el aumento de la temperatura a 1.5 ºC con respecto a los niveles preindustriales». La producción ganadera industrial no favorece la transición hacia una economía climáticamente neutra. Por el contrario, la producción de piensos para animales criados industrialmente conlleva importantes emisiones de GEI derivadas de la fabricación de fertilizantes para cultivar los piensos, la aplicación de esos fertilizantes y la deforestación resultante de la producción de soja…
El informe del Grupo de Expertos Técnicos también reconoce la limitada capacidad del sector ganadero para apoyar la transición hacia una economía climáticamente neutra. En él se subraya que para que las emisiones de la agricultura disminuyan, en términos absolutos, y para avanzar hacia los objetivos de neutralidad climática a mediados de siglo, es esencial una reducción global del consumo per cápita de productos ganaderos.

Esto demuestra que la producción industrial de ganado no entra en la definición de "actividad transitoria" del Reglamento sobre la Taxonomía.

Necesidad de un cambio en la dieta:

Las abrumadoras pruebas científicas sobre la salud y el medio ambiente, así como todos los escenarios climáticos de 1.5ºC, exigen una gran reducción del consumo de productos animales. El Reglamento sobre la taxonomía debe enviar una señal clara para abandonar el uso de los cultivos alimentarios como piensos y pasar a utilizar los pastos y los flujos de desechos/residuos, con el fin de impulsar una transición hacia menos y mejores productos animales, criados de forma extensiva en lugar de industrial.
Teniendo en cuenta lo anterior, le pedimos que establezca unos criterios claros de taxonomía para la producción ganadera que sólo permitan que los sistemas orgánicos, agroecológicos o integrados de cultivo-ganadería o los sistemas en praderas permanentes extensivas bien gestionadas sean considerados ambientalmente sostenibles según la taxonomía de la UE.

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