TRANQUILIDAD: Anulada una hipoteca tranquilidad que tenía como índice de referencia el IRPH

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» Banesto, ahora Banco Santander, condenado a recalcular el préstamo en euros desde el inicio

Con fecha 11/05/2007 un matrimonio de San Feliu de Llobregat firmó un préstamo hipotecario para financiar su vivienda habitual. Una hipoteca concedida por Banesto por un importe de 295.000€ con la «tranquilidad» como característica principal. Esta singular hipoteca prometía una cuota baja que no subiría. Así, además de esta cláusula, el préstamo estaba referenciado a un índice denominado IRPH.

La comercialización de este producto se hizo mediante la entrega de una oferta vinculante incompleta, sin ningún cuadro de amortización. Además, los clientes no tuvieron la escritura en sus manos con la antelación que marca la ley.

La escritura establecía un sistema de amortización francés que al mismo tiempo contenía un incremento de la cuota. De este modo, dicha cuota incrementaría cada año un 2,50% sobre la cuota anterior. Así, aplicando este sistema, podría darse el supuesto de que los firmantes tuvieran que abonar más capital del inicialmente previsto y que el coste fuese inasumible para ellos.

Tras la práctica de la prueba, la jueza concluye que no se han cumplido los requisitos de transparencia que establece la ley. Esto es así porque no consta que los empleados explicasen las cláusulas del contrato a los afectados. Para la magistrada, el banco incumplió los requisitos de transparencia al no informar de la posible evolución de los tipos de interés. Ello impidió a los afectados conocer en el momento de la contratación cuál sería el coste real que esta operación iba a tener.

En consecuencia, la cláusula de amortización es abusiva ya que existe un claro desequilibrio en perjuicio del consumidor. Del mismo modo falla con respecto al IRPH, ya que no existe prueba alguna de que los afectados fueran informados sobre este índice de referencia. Así, tanto el IRPH como su sustitutivo, IRPH Entidades no superan el control de transparencia. Por último, y en virtud de la jurisprudencia, es declarada abusiva la cláusula del vencimiento anticipado.

Banesto deberá eliminar estas cláusulas del contrato y recalcular las cuotas del préstamo desde su constitución tomando el Euribor como referencia. Además, deberá devolver a los afectados todo lo cobrado en exceso en virtud de estas tres cláusulas.


Dirección Letrada: Arancha Jurado Alcoriza
Banco: Banesto (ahora Banco Santander)
Producto: Hipoteca Tranquilidad / IRPH / Vencimiento Anticipado
Perfil: Minorista
Pdf: S_170901_BANESTO_BSANTANDER_JPI1_SAN_FELIU_LLOBREGAT_H_TRANQUILIDAD_IRPH_PART_SIN

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