Se cumplen los cuatro años que marca la ley para reclamar desde que tuvo lugar la resolución de la entidad
Sólo quedan unas pocas semanas para que expire el plazo de reclamación por la malograda ampliación de capital del Banco Popular de 2016. En concreto, aún están a tiempo de reclamar todos aquellos afectados que compraron obligaciones subordinadas y acciones de esa operación de cuyos riesgos el Tribunal Supremo dio por probado que la entidad obró de mala fe y no informó a sus clientes.
La autoridades (JUR) ordenaron la resolución del Banco Popular el 7 de junio de 2017 después de que el Banco Central Europeo declarase que la entidad era inviable y que había que salvaguardar el interés público y la estabilidad financiera.
Esta fecha es clave porque se cumplen cuatro años, plazo para emprender acciones legales. Sin embargo, si se formula con carácter previo una reclamación al banco, la prescripción se interrumpe, empezando de nuevo a correr un plazo de 3 años.
Hay jurisprudencia consolidada de demandas ganadas tanto para los que suscribieron las acciones mediante contrato directamente con la entidad como los que lo hicieron adquiriéndolas en el mercado secundario.
Los abogados colaboradores de la asociación sostienen que es posible defender las acciones muy antiguas, como las adquiridas en 2012, porque no podrían haberse vendido de conocer los accionistas la realidad de la entidad. Los informes periciales de ASUFIN defienden que las cuentas de los ejercicios de 2008 a 2014 ya no reflejaban la imagen fiel de Banco Popular.

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