El Supremo confirma la primera condena contra los seguros PIAS comercializados por OVB Allfinanz

Inadmite el recurso de casación de la agencia en el procedimiento de ASUFIN, el primero en nuestro país, y da vía libre a las reclamaciones de más de 40.000 pequeños inversores

El Supremo confirma la primera sentencia contra OVB Allfinanz España por la comercialización de los seguros de alto riesgo (Unit Linked) de la alemana FWU (Forward You). Inadmite el recurso de casación de la agencia, en una providencia de 24 de junio, devenida firme, y con ello da vía libre a las reclamaciones de más de 40.000 afectados, en un procedimiento pionero que ha llevado a cabo ASUFIN, de la mano de sus abogados colaboradores Gavín y Linares.

La práctica de OVB consistía en colocar Unit Linked, productos de inversión compleja híbridos que combinan seguros de vida con inversión muy especulativa, sólo adecuada para inversores profesionales y en los que se puede perder todo el capital aportado, como si fueran PIAS, es decir, planes de ahorro seguros y sin riesgo. La realidad distaba mucho: el dinero aportado no se podía recuperar durante los primeros 15 años no porque la inversión fuera a largo plazo, como explicaban los comerciales, sino porque el 60% de las aportaciones en los primeros años del contrato iban a para a comisiones.

Se trataba de un producto que mantenía atrapado a los clientes, dado que la persona que lo comercializaba entablaba una relación de confianza y el entramado de comisiones estaba oculto en la documentación contractual. El perfil de los clientes es muy diverso: desde jóvenes de 18 y 19 años que con su primer trabajo contrataron este producto y lo mantuvieron con aportaciones pequeñas pero muy recurrentes, de 50 euros al mes, por ejemplo, hasta otro tipo de perfil que empezaron con aportaciones muy importantes, de 50.000 euros, que luego mantenían con cantidades mensuales recurrentes, según los testimonios recabados por los afectados reunidos por ASUFIN y que ahora están más cerca de recuperar su dinero.

El Supremo da firmeza ahora a la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que anuló tres productos de seguro-inversión, en la modalidad de unit-linked, comercializados por OVB. En su sentencia de 25 de septiembre, los magistrados de la sección 12 de Madrid explicaban que “los seguros unit linked se configuran como una relación contractual compleja, que bajo la forma de una póliza de seguro de vida, se constituye una cartera de inversión en diferentes productos financieros”. Así, la cartera ofrecida se componía de Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS), presentados como una opción de ahorro con beneficios fiscales, cuando en realidad eran productos complejos que no garantizaban ni el nominal invertido ni la rentabilidad.

Entidades como OVB cobran comisiones por la venta de estos productos, pero además los gastos propios de mantenimiento de los mismos correspondientes a varios años, que pueden ser cobrados de forma adelantada en la fecha de contratación, por lo que el importe realmente invertido es mucho menor.

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